viernes, 2 de enero de 2009

2007-05-23 -exp157680- Protocolo de aborto no punible

CONCEJO MUNICIPAL ROSARIO

VISTO:

La Constitución Nacional Artículos 75 inciso 22 que incorpora
con rango constitucional : Convención Americana sobre Derechos
Humanos en su artículo 11; la Declaración Universal de los
Derechos Humanos artículo12; el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos artículo 17; la Convención sobre la eliminación
de todas las formas de discriminación contra la mujer,
La Ley Nº 24632, Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de
Belem Do Pará;
La Ley Nº 26171 de aprobación del Protocolo Facultativo de
la Convención Sobre la Eliminación de todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer, aprobada en noviembre último;
El Artículo 86 incisos 1 y 2, del Código Penal Argentino;
El Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades y de Trato
entre Varones y Mujeres 2005/2009;
El Documento de Trabajo de las Mujeres Autoconvocadas de
Rosario: “Procedimientos en la Implementación del Aborto no
Punible en los servicios de Salud Pública de la Municipalidad de
Rosario”; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 86 del código penal, segundo párrafo
establece que:
“...El aborto practicado por un médico diplomado con el
consentimiento de la mujer encinta, no es punible:
1.Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la
salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros
medios;
2. Si el embarazo proviene de una violación o atentado al pudor
cometido sobre una mujer idiota o demente. En éste caso, el
consentimiento de su representante legal deberá ser requerido
para el aborto.”
Que existen situaciones según el artículo 86 del
Código Penal Argentino en las que el aborto no es punible;
Que el Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades
y de Trato entre Varones y Mujeres 2005/2009; un avance para
garantizar derechos y ciudadanía tiene como objetivo para la
Secretaría de Salud Pública introducir la perspectiva de género en
el trabajo de los equipos de salud, es decir “mejorar la calidad de
atención que recibe la población de mujeres vinculada a los
servicios de salud, sensibilizando a los y las trabajadoras de la
salud en su accionar cotidiano. Respetar los derechos ciudadanos a
tener accesibilidad, privacidad, confidencialidad, información
personalizada, elección con conocimiento, y poder opinar sobre los
procedimientos médicos sin presiones ni condicionamientos.”
Que se han sucedido el último tiempo, en distintas
ciudades del País, situaciones de mujeres a quienes no se les ha
permitido acceder al derecho establecido en el Artículo 86 incisos
1 y 2 del Código Penal, que permiten la realización de un aborto
en determinadas situaciones;
Que los casos que han tomado estado público
muestran que el manto de criminalidad y la interpretación
restrictiva del aborto no punible, es por prejuicios netamente
religiosos de un sector de la población. Situación ésta que debe
revertirse ya que se transforma en un gran atentado a la salud
pública y en especial a la salud de las mujeres pobres.
Que las mujeres de nivel socio-económico medio y
alto acceden, en forma privada y sin mayores problemas a
servicios de salud privados adecuados, en el caso de tener que
realizarse un aborto; y son las mujeres pobres quienes ponen en
riesgo su salud y su vida impulsadas a practicas abortivas
clandestinas , inseguras y riesgosas, a lo que debe agregarse que
si deben enfrentar un proceso judicial por acceder a éste derecho,
son expuestas a la opinión pública sobre un aspecto tan íntimo y
personal como es la decisión de interrumpir un embarazo;
Que como expresa la Dra Nelly Minyersky,(Derecho
al aborto. Nuevas perspectivas) “Respecto de las consecuencias o
implicancias de la penalización, se ha destacado que el carácter
delictivo del aborto propicia la clandestinidad y da lugar a un
mercado negro en el que el precio de la intervención resulta
exagerado. Las mujeres, con incriminación o sin ella, abortan
como lo reflejan las estadísticas, traduciéndose en la destrucción
de la vida de las mujeres pobres. La realidad sociológica de
prácticas abortivas consentidas nos muestra que la opción es entre
la vida y la muerte de esas mujeres...”
Que los servicios de salud que el Estado debe ofrecer
a todas y todos sin distinciones, no pueden estar sujetos a las
creencias de una parcialidad religiosa, sin desmedro de quienes
libremente tienen derecho a profesar su fe;
Que si bien algunos agentes de salud pueden
anteponer su objeción de conciencia ante determinadas prácticas
médicas, el Estado debe garantizar a todos los ciudadanos y
ciudadanas el derecho humano fundamental a la salud; y como
graficara la Dra Diana Mafia. “a quien se le ocurriría tener todos
los médicos del servicio de hemoterapia objetores de conciencia,
respecto a la práctica de transfusiones de sangre”;
Que el Estado debe garantizar la igualdad de
posibilidades para todas las mujeres en el ejercicio autónomo y
responsable, de sus derechos sociales y humanos , en particular sus
derechos sexuales y reproductivos; y debe evitarse la injusticia y
desigualdad que deben padecer las mujeres pobres cuando
acceden al sistema de salud pública para ejercer lo que la ley les
otorga, respecto a los casos de aborto no punible, derecho al
aborto legal y seguro, cuando el embarazo pone en riesgo su salud
o su vida o es consecuencia de una violación;

Es por lo antes expuesto que las Concejalas y los Concejales abajo
firmantes presentan para su tratamiento y aprobación el presente
proyecto de :

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- Establécese un “Protocolo de Atención Integral
para la Mujer en Casos de Aborto no punible”, según lo
establecido en el Artículo 86 incisos 1 y 2 del Código Penal de la
Nación. Según el cual las prácticas médicas comprendidas en el
presente “Protocolo de Atención Integral de la Mujer en casos de
Aborto no punible” deberán realizarse garantizando que la mujer
no sea discriminada y reciba una atención humanizada, rápida,
efectiva y con asesoramiento y provisión de insumos
anticonceptivos; como así también los establecimientos de salud
municipal deberán ofrecer asistencia psicológica a la mujer antes
y después de la intervención. Dicha asistencia deberá extenderse
al representante legal o al grupo familiar afectado, si
correspondiere.
ARTÍCULO 2º.-El Protocolo enunciado en el artículo 1º de la
presente, tiene como objetivos específicos que los Servicios de
salud municipal deben garantizar a la mujer:
a)- La realización de un diagnóstico y las intervenciones médicas
necesarias para la interrupción del embarazo sin riesgos.
b)-La atención médica y psicológica a la mujer pre y post aborto.
c)-La preservación, en lo posible, de datos personales y familiares,
de quienes estén comprendidos en el Artículo 86 incisos 1 y 2 del
Código Penal de la Nación, a través de cualquier medio de
comunicación o publicación.
ARTÍCULO 3º.- En ningún caso de interrupción voluntaria del
embarazo, realizada en concordancia con lo dispuesto en el
presente “Protocolo”, se requerirá la intervención o autorización
de autoridad judicial o administrativa alguna para resolver sobre la
conveniencia u oportunidad o sobre los métodos a emplear.
Cualquier decisión que adopte el/la profesional de la salud deberá
basarse exclusivamente en consideraciones fundadas en la
situación de salud integral de la mujer embarazada desde la
perspectiva de la salud.
ARTÍCULO 4º.-En casos de interrupción del embarazo en caso de
peligro para la vida o para la salud de la mujer (Código Penal de la
Nación artículo 86 inciso 1):
El peligro para la vida o salud de una mujer embarazada, causado
o agravado por el embarazo, debe ser fehacientemente
diagnosticado por el equipo interdisciplinario de profesionales de
la salud que corresponda. Dicho diagnóstico deberá basarse en la
percepción de la mujer embarazada respecto a la viabilidad o no
del proceso gestacional.
Inmediatamente después de haberse producido dicha
comprobación el/la profesional de la salud tratante está obligado a
informar a la mujer embarazada, explicándole de manera clara y
acorde a su capacidad de comprensión, el diagnóstico y pronóstico
del cuadro que la afecta y la posibilidad de interrumpir el
embarazo. Debe dejarse constancia en la Historia Clínica de haber
proporcionado dicha información, así como también de la
confirmación de la mujer gestante de haber comprendido la
información recibida. En caso de tratarse de una menor de 13 años
de edad, requerirá además el consentimiento de sus
representantes legales.
ARTÍCULO 5º.- En casos de interrupción del embarazo en caso de
supuesta violación a una mujer idiota o demente (Código Penal de
la Nación .Artículo 86 inciso 2):
Si el embarazo proviene de una violación, el/la médico/a
tratante deberá requerir el consentimiento informado de la mujer
y una declaración jurada de la víctima o de su representante legal
de que ha sido violada.
ARTÍCULO 6º.- El DE a través de su Secretaría de Salud Pública
Municipal, instruirá debidamente a las/los médicas/os y
funcionarias/os que se desempeñen en los efectores municipales
sobre el “Protocolo de Atención Integral a Mujeres en casos de
Aborto no punible”.
ARTÍCULO 7º.- Toda persona, ya sea médico/a o personal auxiliar
del Sistema de Salud, tiene derecho a ejercer su objeción de
conciencia con respecto a la práctica médica enunciada.
Independientemente de la existencia de médicos/as y/o personal
auxiliar que sean objetores de conciencia, cada establecimiento
asistencial deberá contar con recursos humanos y materiales
suficientes para garantizar en forma permanente el ejercicio de
los derechos que la ley y este protocolo le confieren a la mujer.
Los reemplazos o sustituciones que sean necesarias para obtener
dicho fin serán realizados en forma inmediata y con carácter de
urgente por las autoridades del establecimiento asistencial que
corresponda y, en su defecto, por la Secretaría de Salud Municipal.
Ninguna objeción de este tipo podrá ser invocada para eludir el
deber de participar o actuar en un tratamiento que sea de
carácter urgente.
Oportunidad para declarar la objeción de conciencia
La objeción de conciencia debe ser declarada por el/la médico/a o
personal auxiliar al momento de iniciar sus actividades en el
establecimiento asistencial y debe existir un registro público de
dicha declaración a disposición de las usuarias. Por otro lado,
todos los/as médicos/as y personal auxiliar que en ya pertenecen a
la planta Municipal deben tener la misma oportunidad de exponer
públicamente su objeción a fin de dar cumplimiento a ese registro
público de declaración
Las mujeres deberán ser informadas sobre las objeciones de
conciencia de su médico/a tratante y/o del personal auxiliar desde
la primera consulta que realicen con motivo del embarazo.
ARTÍCULO 8º.-Las maniobras dilatorias, el suministro de
información falsa y la reticencia para llevar a cabo el tratamiento
por parte de los/las profesionales de la salud constituirán actos
sujetos a la responsabilidad administrativa, civil y/o penal
correspondiente.
ARTÍCULO 9º.- º.-º: El departamento Ejecutivo Municipal, a través
de su Secretaría de Salud, tendrá a su cargo la supervisión y
control respecto del cumplimiento efectivo de este presente
“Protocolo” y de las óptimas condiciones obstétricas en que los
efectores públicos de salud brinden las prestaciones establecidas.
ARTÍCULO 10º.- Comuníquese con sus considerandos.-

Antesalas , marzo de 2007.

2007-05-22 -exp157654- III Foro DDHH

Concejo Municipal Rosario

VISTO:

El “I Foro de Derechos Humanos y Construcción de
Ciudadanía: Hacia una mirada local”; realizado el 4 de octubre de
2005, y el “II Foro de Derechos Humanos y Construcción de
Ciudadanía: Hacia una sociedad plural y respetuosa de las
diferencias” llevado a cabo el 16 de agosto de 2006, organizados
por la Comisión de Derechos Humanos y su Consejo Asesor junto a
la Oficina Municipal de Derechos Humanos; y

CONSIDERANDO:

Que éstos Foros de Derechos Humanos, han
significado un acercamiento entre las diversas organizaciones y
organismos de nuestra ciudad que luchan día a día por la defensa,
protección y promoción de los derechos humanos,
Que las organizaciones presentes en el I y en el II
Foro. Derechos Humanos y Construcción de Ciudadanía, han dejado
un aporte valiosísimo desde su diversidad de miradas, y han puesto
de manifiesto sus reclamos y luchas ante situaciones que
cotidianamente vulneran derechos de sectores de la ciudadanía;
Que teniendo en cuenta, el crecimiento
cuantitativo y cualitativo de las organizaciones y organismos de
DDHH de nuestra ciudad, es oportuno programar un III Foro, que
apunte fundamentalmente a consolidar redes solidarias entre las
organizaciones y validar las experiencias que todas tienen en la
búsqueda de soluciones a las problemáticas y temáticas en su
tarea cotidiana tanto individualmente como colectivamente;
Que comprobamos en cada marcha o evento
organizado por las organizaciones y organismos, el amplio
compromiso que las moviliza apoyando, adhiriendo y participando
activamente;
Que si bien el I Foro tuvo como objetivo visibilizar
la diversidad de organismos y organizaciones de DDHH de Rosario,
y el II Foro ha dejado propuestas de acción ante situaciones de
vulneración de derechos, fundamentalmente ante situaciones de
discriminación, con éste III Foro se pretende fomentar, propiciar,
ampliar, dar herramientas, capacitar, revalorizar los modos y
formas, así como las estrategias y caminos que cada organización
se da cotidianamente en la búsqueda de soluciones; que todas han
aprendido en el constante y continuo hacer;
Que cada convocatoria, a éstos Foros de Derechos
Humanos y Construcción de Ciudadanía del Concejo Municipal; ha
sido multitudinaria, muy participativa y con gran compromiso y
responsabilidad de todas y todos quienes se han apropiado de ésta
propuesta participativa;

Es por lo antes expuesto, que las Concejalas y los Concejales
abajo firmantes presentan para su tratamiento y aprobación los
siguientes proyectos de:

RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- El Concejo Municipal de Rosario resuelve organizar
desde su Comisión de Derechos Humanos junto a su Consejo Asesor
y la Oficina Municipal de DDHH, el III Foro de Derechos Humanos
y Construcción de Ciudadanías: Compartir herramientas para
consolidar derechos” en fecha a determinar entre los meses de
octubre y noviembre del corriente año 2007.-
Artículo 2º.- Se convocará a participar del III Foro de DDHH y
Construcción de Ciudadanía a organismos integrantes del Consejo
Asesor de la Comisión de Derechos Humanos , a la Oficina
Municipal de Derechos Humanos, a gremios, sindicatos, colegios
profesionales, organizaciones estudiantiles, Ongs y al público en
general.
Artículo 3º.- El CM dispondrá las partidas presupuestarias
necesarias para la realización del III Foro de Derechos Humanos;
así como el registro de las exposiciones y conclusiones para su
posterior impresión y publicación en la página web del Concejo.-
Artículo 4º.- Comuníquese con sus considerandos.-

DECRETO

Artículo 1°.- Encomiéndase al D.E., que a través de la repartición
correspondiente arbitre los medios necesarios para la difusión en
las tarjetas magnéticas del TUP, del 3° FORO: Derechos Humanos y
Construcción de Ciudadanías. Compartir herramientas para
consolidar derechos” que se realizará entre los meses de octubre y
noviembre en el Centro Cultural Bernardino Rivadavia.
Artículo 2°.- El texto sugerido para la difusión mencionada en el
Art. 1° del presente es el siguiente:
“3° Foro Derechos Humanos y Construcción de Ciudadanías.
Compartir Herramientas para Consolidar Derechos.”
Concejo Municipal Rosario-Oficina Municipal de DD.HH.
Artículo 3°.- Comuníquese con sus considerandos.

Antesalas, mayo de 2007.

2007-05-17 -exp157565- Interes Municipal acto Salvemos el Planeta - 100 para seguir viviendo

CONCEJO MUNICIPAL ROSARIO

VISTO:

La nota presentada por el Llamamiento de los 100 para seguir
viviendo, solicitando sea declarado de Interés Municipal el Acto por la
Celebración del Día Internacional del Medio Ambiente:” SALVEMOS EL
PLANETA”, que organizan; y

CONSIDERANDO:

Que el Llamamiento de los cien para seguir viviendo”
de Rosario tiene una gran trayectoria no sólo en la defensa de la paz, sino
que desde su creación han desarrollado proyectos y actividades vinculadas
a la protección, promoción y defensa del medio ambiente como un derecho
humano y como una responsabilidad colectiva que involucra a
ciudadanos/as, comunidades, empresas e instituciones y al Estado en sus
distintos niveles;
Que en éste sentido llegar a los distintos niveles de la
educación han sido uno de sus objetivos primordiales, comprendiendo que
la protección del medio ambiente es una meta fundamental a escala
mundial y que los niños y jóvenes son quienes deben apropiarse de este
imperativo;
Que en la Cumbre del Milenio del año 2000, los países
integrantes de la Naciones Unidas aprobaron la Declaración del Milenio,
documento que expresa las aspiraciones de la comunidad internacional para
el Siglo XXI . Éste documento que tiene ocho metas fundamentales es un
compromiso entre los firmantes para trabajar por la paz y condiciones de
vida dignas para todos los seres humanos. En tal sentido, nuestro país
adaptó las metas al contexto nacional y el objetivo meta 8 de los Objetivos
de Desarrollo del Milenio para nuestro país es: Asegurar un medio
ambiente sostenible. Y en tal sentido, nuestra ciudad integra el Programa
Piloto en Municipios Argentinos: Necesidades que son derechos” junto a
los municipios de La Plata y Morón.
Que la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Medio Ambiente, en su Principio 1, dice: “El hombre tiene el derecho
fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida
adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y
gozar de bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el
medio para las generaciones presentes y .futuras.....”
Que según la Ordenanza 6585, la semana que contiene
al 5 de junio de cada año, en Rosario fue elegida como la “Semana del
Medio Ambiente”;

Es por todo lo expuesto que la Concejalas Y los Concejales abajo firmantes presentan
para su tratamiento y aprobación el presente proyecto de:

DECRETO

Artículo 1.- Declárese de Interés Municipal al Acto por la celebración del
día Internacional del Medio Ambiente :”SALVEMOS EL PLANETA”, que
organiza el “Llamamiento de los cien para seguir viviendo” que se realizará
el día 5 de junio del presente año, a las 19 hs. en el Centro Cultural
Bernardino Rivadavia y que contará con la presencia como disertantes de
representantes de organizaciones integrantes del Consejo Asesor de la
Comisión de Ecología de éste Concejo Municipal.
Artículo 2.- De forma.-

Antesalas, 17 de mayo de 2007.

2007-05-10 -exp157432- Afiche en TUP El alcohol al volante mata

CONCEJO MUNICIPAL ROSARIO

VISTO:

La nota de la Sra Mónica Gangemi, mamá de Úrsula Notz, quien
perdiera la vida en el fatal accidente del 22 de mayo de 2005 en
inmediaciones del Parque Norte; y

CONSIDERANDO:

Que el 22 de mayo de 2005, como relatan las crónicas
periodísticas en calle Rivadavia a la altura del 2400, en sentido oeste-este,
circulaba a unos 135 km/h un BMW negro al mando del joven Matías
Capuzzoca, quien contaba con 2,5 grs. de alcohol en sangre. Junto a él
volvían de bailar su amigo Nayib Sebastián Abraham, de 19 años, Carla Alfaro
de 16, y Úrsula Notz de la misma edad. En la alocada carrera el conductor
pierde el control del automovil colicionando contra los árboles de Parque
Norte. El cuerpo del joven Nayib salió eyectado del habitáculo por el techo y
la joven Ursula quedó atrapada dentro del vehículo, perdiendo ambos la vida.
En tanto Carla Alfaro sufrió gravísimas heridas que le han dejado secuelas
tremendas a nivel neurológico. (La Capital 24/05/2005 www.lacapital.com.ar
Archivo)
Que los amigos y familiares de Úrsula Notz en
conmemoración al segundo aniversario del trágico suceso han programado una
serie de actividades para, que como ellos mismos expresan, “seguir creando
conciencia sobre la gravedad de éste tema e instalar la consigna ”EL ALCOHOL
AL VOLANTE , MATA” .
Que las actividades que se proponen son la colocación
de árboles en Parque Norte en inmediaciones donde ocurriera el trágico
accidente, donde también realizarán una intervención pública repartiendo
material gráfico elaborado especialmente para concientizar sobre el peligro
del consumo de alcohol al conducir vehículos automotores.
Que también han realizado gestiones para convertirse en
padrinos de la Plazoleta del Aguaribay, de calle Oroño al 1500, donde con la
colaboración del artista plástico Noke se realizará un mural en el mismo
sentido.
Que es oportuno acompañar ésta iniciativa, cuyo motivo
principal es ante todo la defensa de la vida y la responsabilidad como
condición fundamental para quienes conducen vehículos en nuestra ciudad.

Es por lo antes expuesto que las Concejalas y los Concejales abajo firmantes
presentan para su aprobación el presente proyecto de:

DECRETO

Art. 1º.- Encomiéndase al D.E. para que a través de la repartición
correspondiente, gestione la colocación de un afiche en alusión a la consigna
“EL ALCOHOL AL VOLANTE , MATA”., en lugar visible dentro de las unidades
del transporte urbano de pasajeros.
Art. 2º.- De forma

ANTESALAS, Rosario 10 de Mayo de 2007

2007-05-03 -exp157303- Establece el 17 de mayo Día Municipal de lucha contra la Discriminación por orientacion Sexual e Identidad de Gènero

CONCEJO MUNICIPAL DE ROSARIO

VISTO:

El 17 de mayo de 1990 día en que la Asamblea General de la
OMS(Organización Mundial de la Salud), eliminó de la lista de
enfermedades mentales a la homosexualidad; y

CONSIDERANDO:

Que éste Concejo Municipal de Rosario ha dado
tratamiento y aprobación a :
- La Ordenanza 7946/05.modificatoria de la 6321 que incluye la
identidad de género entre las formas de discriminación a
erradicar;
- la Ordenanza 8004 , que otorga el derecho a pensión a parejas
del mismo sexo de los y las trabajadoras municipales,
- la Ordenanza 8012 que designa un espacio público como Paseo de
la Diversidad: “POR EL RESPETO A TODO GÉNERO, IDENTIDAD Y
ORIENTACIÓN SEXUAL”;
- la Ordenanza 8045 de creación en el ámbito de la Secretaría de
Promoción Social del Área de la Diversidad Sexual;
Así como a los Decretos 27275 que Declaró de Interés
Municipal al 5| Encuentro Nacional de Organizaciones LGBT, del que
participaron alrededor de 80 representantes de organizaciones
defensoras de derechos de la población de gays, lesbianas, transgéneros
y transexuales de nuestro país y de Paraguay, Uruguay, Chile y España.
El Decreto 27297 de adhesión al Plan Nacional Contra la Discriminación
del INADI; el Decreto 27723 que dispone el acercamiento del material
elaborado por ESPATILES a la Secretaría de Salud Municipal;
Que por Resolución adoptada el 16/11/2006 éste
Concejo a adherido al Documento para la derogación de las
Contravenciones Ofensa al Pudor, Prostitución escandalosa, Travestismo
del Código de Faltas de la Provincia de Santa fe; así como en Sesiones
pasadas éste Cuerpo, en defensa del derecho humano a la igualdad y
del personalísimo derecho a la libre determinación sexual a apoyado y
adherido al la Declaración Nacional sobre Diversidad Sexual y Derechos,
elaborado por la Federación Argentina LGBT;
Que por la legislación que se detalla precedentemente
Rosario se encuentra a la vanguardia en nuestro país en materia de
reconocimiento, valoración, difusión y defensa de la igualdad de
derechos para la ciudadanía plena de las personas LGBT;
Que el 17 de mayo ha sido tomado por las
organizaciones y activistas LGTB de alrededor de 50 países de todo el
mundo y es patrocinado el Día Internacional contra la Homofobia por la
Internacional Lesbian and Gay Association (ILGA)
Que la implementación de éste día se funda en el
símbolo que desde la OMS se lanza en 1990 sacando a la homosexualidad
del listado de enfermedades mentales; que permite a quienes lo
promueven solicitar que sea condenada la homofobia en su dimensión
política, social y cultural por el Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos y por la Comisión de Derechos
Humanos de las Naciones Unidas;
Que la discriminación fundada en la orientación sexual
y /o la identidad de género, compromete la igualdad de derechos y de
oportunidades y la dignidad de miles de ciudadanos y ciudadanas que
son excluídos, relegados y hasta violentados sólo por ejercer su derecho
a la libre determinación sexual;
Que ha lo largo de la historia la homofobia parece
presentarse en olas, como analiza Luis- Georges Tin:” . Desde los
primeros tiempos de la revolución comunista, la homosexualidad fue
relativamente “tolerada”; en su primera edición, de 1930, la
Enciclopedia soviética afirmaba claramente que la homosexualidad no
era ni un crimen ni una enfermedad. Las penurias del régimen y el
ascenso de Stalin al poder contribuyeron a endurecer las condiciones de
vida; la homosexualidad fue de nuevo penalizada en 1933 y pronto se
volvió crimen contra el Estado, signo de decadencia burguesa y, más
aún, una perversión fascista. Y, como señala Daniel Borrillo, “por una
triste ironía de la Historia, la Alemania nazi instrumentaba en la misma
época un plan de persecución y exterminio de homosexuales en el cual
los asimilaban con los comunistas”.
Estos ejemplos muestran claramente que la homofobia latente, e
inherente al heterosexismo, puede ser bruscamente reactivada por una
crisis grave que justifique la búsqueda de un chivo expiatorio.
Habiéndosele atribuido todos los males, la homosexualidad puede
entonces volverse razón suficiente para purgas que se juzgan
necesarias: asimilada así a la herejía búlgara durante la Edad Media, la
sodomía fue utilizada como instrumento de inculpación en la lucha
contra las “desviaciones” religiosas, contra los Templarios, por ejemplo.
Con una lógica parecida, durante las guerras de religión, la
homosexualidad se volvió vicio católico según los hugonotes y vicio
hugonote para los católicos; en la misma época se le asoció a las
costumbres italianas, en la medida en que la Corte de Francia parecía
invadida por la cultura italiana; luego fue el turno de las costumbres
inglesas, cuando el imperio británico alcanzaba su apogeo; o a las
costumbres alemanas, en el momento más crucial de la rivalidad francoalemana;
o al cosmopolitismo judío o al espíritu comunitario
estadounidense de hoy. Vicio burgués para los proletarios del siglo XIX,
también fue para el burgués de entonces algo propio de las clases
trabajadoras, siempre inmorales, o de la aristocracia, necesariamente
decadente. Todavía hoy, en Medio Oriente, India o Japón, se le percibe
como una práctica occidental; en África negra, por supuesto, se trata
de un asunto de blancos. “
Que si bien la discriminación por orientación sexual e
identidad de género en nuestro días parece superada, y vemos personas
LGBT ocupando espacios en medios masivos de comunicación con cierto
grado de aceptación, la homofobia es un mal social presente en las
familias, la escuela, el ejercito, en el mundo del trabajo, en el ámbito
deportivo, en política, en cárceles , etc. donde muchas personas deben
padecer aún violencias y negaciones; obligando a muchos a la
vergüenza, la soledad, el silenciamiento y la desesperación de estar
fuera de lo nombrable y hasta fuera de la ley;
Que la lucha contra la discriminación fundada en la
orientación sexual y la identidad de género implica necesariamente
incluir en la educación sexual a impartir en las escuelas la vizibilización
de las diversas sexualidades y las nuevas formas familiares y por sobre
todo el respeto por la personalísima forma de identificación sexual;
Que en ese sentido, el pasado 2 de mayo el Concejo
Municipal de la ciudad de Curitiba, Estado de Paraná, Brasil, ha
instituido el 17 de mayo como Día Municipal contra la Homofobia, en el
cual se prevé realizar actividades conmemorativas de distinta índole.
Que en la lucha contra la discriminación fundada en la
orientación sexual y la identidad de género el Estado debe
comprometerse en la implementación de políticas públicas destinadas a
los y las ciudadanas LGBT, (Rosario cuenta con el Área de la diversidad
Sexual), pero también debe involucrarse a las organizaciones de la
sociedad civil y fundamentalmente a las que defienden y promueven los
Derechos Humanos;
Que en el mismo sentido los medios de comunicación
deben asumir una labor pedagógica hacia la sociedad evitando la
reproducción de estereotipos de identidad-genero-sexual fundados
únicamente en lo genital y en el modelo patriarcal de relaciones que
domina desde más de dos mil años el mundo;
Que en otras oportunidades y en temáticas tan
importantes como el 25 de noviembre , “Día de la Declaración de todas
las formas de Intolerancia y Discriminación fundadas en la Religión o las
Convicciones” o la “Semana Municipal del Agua”, nuestra ciudad ha
elegido días para la reflexión, la promoción y la defensa de derechos es
que se propone un día especialmente dedicado a la lucha contra la
discriminación fundada en la identidad de género o la orientación
sexual,
Que la reciente creada Área de la Diversidad Sexual
podrá junto a las organizaciones y organismos de su Consejo Asesor
asumir la responsabilidad de realizar cada 17 de mayo por el Día
Municipal contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de
Género, las actividades necesarias y convenientes para la mejor difusión
de los derechos de las ciudadanas y ciudadanos LGBT para ir corriendo
la Homofobia, la Lesbofobia y la Transfobia de las que como sociedad
estamos presos;
Que para finalizar compartimos las palabras de Luis-
Georges Tin, quien afirma: “La lucha contra la Homofobia, cuyas causas
parecen tan profundas y sus instrumentos tan eficaces, resulta una
empresa muy difícil. En la medida en que las leyes que condenan o
discriminan a la homosexualidad son más el efecto que la causa de la
Homofobia dominante, el simple hecho de abolirlas parece una medida
necesaria, aunque insuficiente. Habría que ir más lejos para crear las
condiciones de una verdadera revolución de las mentalidades. El
trabajo necesario requiere tiempo, energía y también lucidez”.
Es por lo antes expuesto que se presenta para su estudio y aprobación el
presente proyecto de ;

ORDENANZA

Artículo 1.- Establécese en la ciudad de Rosario el 17 de mayo de cada
año como “Día Municipal de lucha contra la discriminación por
orientación sexual e identidad de género”.
Artículo 2.- El Área de la Diversidad Sexual , dependiente de la
Secretaría de Promoción Social Municipal será la encargada de las
actividades culturales y que difundan el “Día Municipal de lucha contra
la discriminación por orientación sexual e identidad de género”, el 17
de mayo de cada año.
Artículo 3.- Comuníquese con sus considerandos.-

Antesalas, 3 de mayo de 2007.

2007-04-26 -exp157185- Campaña anual por el Dia de Acción por la Salud de la Mujer

CONCEJO MUNICIPAL ROSARIO

VISTO

El “Día Internacional de Acción por la salud de la mujer”, acordado en
el Encuentro de Mujeres de Costa Rica el 28 de mayo de 1987,
La Ley Nacional N° 25673/02.
La Conferencia Internacional Población y Desarrollo (Conferencia de El
Cairo) Y la Declaración de la Conferencia de Naciones Unidas sobre la
Mujer(Beijing 1995)
El Área de la Mujer dependiente de la Secretaría de Promoción Social
Municipal;
La Ordenanza 6244 y sus modificatorias.

CONSIDERANDO

Que igual que todas las cuestiones de la agenda social de
nuestro país los problemas vinculados a salud sexual y reproductiva y
derechos sexuales y reproductivos, están marcados profundamente por
desigualdades de género, sociales y generacionales. En este sentido las
mujeres más jóvenes, más pobres y con menos nivel de educación son las
más vulnerables a la hora hacer efectivos sus derechos,
Que la especial atención de la salud de las mujeres es un
derecho consagrado en nuestra Constitución Nacional y en la Ley 25673/02.
Que el acuerdo de instituir el Día Internacional de Acción por
la Salud de las Mujeres surge a partir de la necesidad de incluir, en el amplio
campo de la salud, la perspectiva de género y las necesidades de las propias
mujeres;
Que consagrado el derecho a la salud como parte de los
derechos humanos fundamentales, se revela en este tiempo la necesidad de
consolidar dentro de sus implicancias los derechos sexuales y no sólo los
reproductivos;
Que la salud sexual y reproductiva no es sólo una cuestión
genital y de función biológica de reproducción de las mujeres,
Que los ciudadanos en tanto seres sexuales, deben tener
acceso a información referida a salud sexual y reproductiva y derechos
sexuales y reproductivos para poder adoptar decisiones con respecto a su
sexualidad; la determinación de tener hijos, o no, cuando y con quien
tenerlos; gozar de una vida sexual satisfactoria y segura, sin temor a
embarazos no deseados o no planificados, ni a contraer alguna enfermedad,
Que la sexualidad comprende aspectos personalísimos a la
vez que profundamente sociales como son la identidad de género y la
orientación sexual; y forma parte de todos a lo largo de toda la vida
Que la información científica, adecuada y accesible es
fundamental para la toma de decisiones,
Que los derechos sexuales y reproductivos implican el
reconocimiento y el efectivo desarrollo de la igualdad de oportunidades
entre géneros para disfrutar y decidir por una vida sexual satisfactoria libre
de discriminación, coerción y violencias;
Que es necesario difundir ampliamente que los derechos
sexuales y reproductivos incluyen a varones y mujeres, en tanto todos y
todas, deben poder decidir con quién y cuando relacionarse sexualmente sin
ser presionados, ni violentados, ni discriminados por ello,
Que la difusión de los derechos sexuales y reproductivos,
indudablemente es una medida que tiende a evitar y erradicar situaciones
de violencia dentro de las familias y en la sociedad; donde la sexualidad
humana es frecuentemente, aún en nuestro siglo, objeto de represiones,
ocultamientos y tabúes,
Que es necesario disponer de los recursos existentes
necesarios, para la profundización de la difusión de todos los derechos
específicos de las mujeres para que puedan controlar todos los aspectos de
su salud, y lograr en parte, el empoderamiento del que habla la Declaración
de Beijing;

Es por lo antes expuesto que los Concejales y las Concejalas, presentan para
su aprobación, el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Artículo 1°.-Encomiéndase al DE que a través del Área de la Mujer, de la
Secretaría de Promoción Social, se realice anualmente una campaña de
difusión, promoción y concientización sobre “Derechos sexuales y
reproductivos con perspectiva de género”,
Artículo 2°.- La campaña sobre derechos sexuales y reproductivos con
perspectiva de género se realizará durante el mes de mayo de cada año, en
el marco del “Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres.”
Artículo 3°.-La campaña estará destinada a la población en general, a las
mujeres y jóvenes en particular con especial impacto en los sectores más
vulnerables de la ciudad; previendo el desarrollo de la misma, desde los
Centros Municipales de Distrito
Artículo 4°.-Comuníquese con sus considerandos.

Antesalas, abril de 2007.

2007-04-26 -exp157184- Interes Municipal Sexto Encuentro LGTB

CONCEJO MUNICIPAL ROSARIO

VISTO:

La NOTA presentada por la Asociación Civil VOX, el 23 de abril
del corriente año, solicitando la Declaración de Interés Municipal al
Sexto Encuentro Nacional y del MERCOSUR de Organizaciones LGTB, que
se realizará los días 5 y 6 de mayo, en nuestra Ciudad de Rosario; que
cuenta con la Declaración de Interés de la Cámara de Senadores de
nuestra Provincia de Santa Fe;
La Declaración de Interés Municipal del 5º Encuentro Nacional y
2º Encuentro del MERCOSUR de Organizaciones LGTB, por éste Concejo
Municipal ,
La Resolución de éste Concejo Municipal, del 15 de marzo
último, de apoyar y adherir al Documento elaborado por la Federación
Argentina LGTB: “Declaración Nacional Sobre Diversidad Sexual y
Derechos”, y

CONSIDERANDO:

Que en 1996 el 1º Encuentro de Organizaciones LGTB fue
realizado en nuestra Ciudad. Así como en 2005 el 4º, y el 5º en abril de
2006;
Que el 5º Encuentro de Organizaciones LGTB fue
declarado de Interés Municipal, según Decreto Nº 27275, del 23 de
marzo de 2006,
Que nuestra ciudad se destaca en materia de
vizibilización y compromiso con legislación adecuada a la diversidad
sexual.
Que cuenta de ello es que desde éste Concejo se han
modificado: la Ordenanza 6321 incorporando con la identidad de género
un grupo poblacional a proteger de la discriminación, entro otras
existentes; la Ordenanza de Previsión Social de los empleados/as
municipales otorgando el derecho a pensión a parejas del mismo sexo.
Que también éste Concejo ha creado por Ordenanza
8012 el primer “Paseo de la Diversidad” de nuestro País y por Ordenanza
8045 el Área de la Diversidad Sexual, dependiente de la Secretaría de
Promoción Social.
Que el Concejo Municipal de Rosario también ha
adherido al Plan Nacional Contra la Discriminación del INADI, ha
adherido al Documento elaborado entre Cladem y AMMAR (Documento
para la derogación de las contravenciones “Ofensa al Pudor”,
“Prostitución Escandalosa”, “Travestismo” del Código de Faltas de la
Provincia de Santa Fe), así como al Documento elaborado por la
Federación Argentina LGTB: “Declaración Nacional sobre Diversidad
Sexual y Derechos”;
Que el 5º Encuentro contó con la participación de
representantes de distintas Organizaciones LGTB de nuestro país y de
otros países como España, Brasil, Chile, Uruguay y Paraguay
Que los organizadores y participantes, a partir de el
último Encuentro han fortalecido sus vínculos y han diseñado una
Declaración : “Quinto Encuentro Nacional de Organizaciones GLTTTBI.
ROSARIO 2006”; confluyendo en la creación de la Federación Argentina
LGTB ,
Que en éste Sexto Encuentro se proponen trabajar para
conformar una RED LGBT del MERCOSUR;
Que las Organizaciones presentes en el 5º Encuentro y
dentro del Documento “Declaración...Rosario 2006” se formularon la
necesidad de realizar un nuevo encuentro Nacional y del MERCOSUR de
Organizaciones GLTTTBI durante 2007 en nuestra Ciudad de Rosario;

Es por todo lo expuesto que se presenta para su estudio y aprobación el
presente proyecto de :

DECRETO
Artículo 1º.- Declárese de Interés Municipal al SEXTO ENCUENTRO DE
ORGANIZACIONES LGBT Y SEGUNDO ENCUENTRO DE ORGANIZACIONES
LGBT DEL MERCOSUR, que se realizarán el próximo 5 y 6 de mayo en
nuestra Ciudad de Rosario.
Artículo 2º.- Comuníquese con sus considerandos.-
Artículo 3º.-. De forma.-

Antesalas, 25 de abril de 2007.

2007-04-26 -exp157183- Declaracion Día Mundial de la Libertad de Prensa

CONCEJO MUNICIPAL DE ROSARIO

VISTO:

El 3 de mayo se celebra del Día Mundial de la Libertad de Prensa, proclamado
por la ONU en 1993.

CONSIDERANDO:

Que en 1993, la Asamblea General de Naciones Unidas declaró el 3 de mayo
como día mundial de la libertad de prensa, por recomendación de la Conferencia
General de la UNESCO, que como resultado de la resolución de 1991 que habla sobre
la "promoción de la libertad de prensa en todo el mundo", ha reconocido que una
prensa libre, pluralista e independiente es un componente esencial de cualquier
sociedad democrática.
Que esta fecha coincide con el aniversario de la Declaración Windhoek,
adoptada el 3 de mayo de 1991, por periodistas africanos que se reunieron para un
seminario regional de Promoción de medios africanos independientes y plurales. A
través del mundo, este día le recuerda al público las violaciones a los derechos de la
libertad de expresión y que muchos periodistas, alrededor del mundo, han puesto en
riesgo sus vidas por decisión profesional, en un esfuerzo de promover el libre flujo de la
información, afirmando la libertad de prensa a nombre de todos los miembros de la
sociedad.
Que en un mensaje conjunto, el Secretario General de la ONU, Kofi Annan, la
Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU, Mary Robinson, y el Director
General de UNESCO, Koïchiro Matsuura, realizado en 2001, declaran que la prensa de
muchos países se ha vuelto más independiente y pluralista desde 1991, contribuyendo
al desarrollo y reforzando la democracia, pero hicieron hincapié en que la libertad de
expresión es frágil y nunca se puede dar por descontada. El mensaje conjunto señala
que se impide a muchos grupos étnicos y religiosos -- normalmente minorías -- usar los
medios para comunicar sus puntos de vista o expresar su identidad. "Incluso los
regímenes más abyectos pueden obtener el apoyo popular si se las arreglan para
amordazar los medios, o para manipularlos para suscitar medio y odio entre los
ciudadanos"; dicen Annan, Robinson y Matsuura. "Los medios libres, independientes y
plurales tienen un papel indispensable en la erradicación del racismo y la xenofobia".
Que el Día Mundial de la Libertad de Prensa viene a recordarnos a todos —
gobiernos, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y sociedad civil
— el papel decisivo que desempeña la libertad de prensa en el fortalecimiento de la
democracia y el fomento del desarrollo en todo el mundo.
Que es necesario buscar constantemente los medios para que la comunicación
pueda realizarse sin cohesiones de ningún tipo, respetando la libertad de expresión,
como derecho fundamental para una sociedad más democrática, más participativa y
más solidaria.
Que el Sindicato de Prensa de Rosario (SPR) expresó a La Capital, el 3 de
mayo de 2006: "La libertad de prensa resulta un concepto muchas veces vapuleado, en
tanto se lo invoca para negociar con la información y otorgarle el estatuto de un bien
comercial más. En cambio, desde la perspectiva de los derechos humanos, preferimos
hablar de libertad de información y de democracia informativa".
Que en nuestro país sigue vigente la Ley de Radiodifusión Nº 22.285,
sancionada en la última dictadura militar, durante los sangrientos años comandados
por Videla; las organizaciones políticas, sociales, gremiales y de derechos humanos
vienen reclamando desde hace tiempo la derogación de la norma y su reemplazo por
una nueva que contemple a la comunicación como un bien social, aliente el pluralismo
informativo y cultural. En este sentido, el SPR propone su reemplazo por una Ley de
Radiodifución de la Democracia.
Que en la Argentina no olvidamos uno de los hechos más trágicos en la historia
del periodismo en nuestro país: el asesinato de José Luis Cabezas, quien será siempre
ejemplo de la lucha contra la impunidad y por la defensa de la libertad de expresión,
tanto individual como social, entendiéndola como un elemento esencial de la dignidad,
la razón y la conciencia de los pueblos.
Que desde la ciudad de Rosario, en distintos períodos, este Concejo Municipal
ha realizado diversas declaraciones en favor de la libertad de prensa y del respeto de
los derechos de sus trabajadores.
Que en nuestra ciudad diferentes organizaciones vienen luchando contras las
violaciones a los derechos de la libertad de expresión, como el mencionado Sindicato
de Prensa de Rosario, y este Concejo Municipal ha adherido a acciones en este
sentido.

POR TODO LO EXPUESTO, LAS CONCEJALAS Y LOS CONCEJALES ABAJO
FIRMANTES PRESENTAN PARA SU APROBACIÓN EL SIGUIENTE PROYECTO
DE:

DECLARACIÓN
Artículo 1: El Concejo Municipal de Rosario en el Día Mundial de la Libertad de
Prensa, proclamado por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas,
declara que para la democracia es necesario respetar y profundizar una comunicación
sin coerciones de ningún tipo, resguardando los derechos de los trabajadores de
prensa y garantizando a los ciudadanos y las ciudadanas el acceso a la información,
entendido como un derecho humano fundamental.
Artículo 2: De forma.

Antesalas, 25 de abril de 2007.

2007-04-19 -exp157045- Adhesión a Marcha Chicos del Pueblo

CONCEJO MUNICIPAL ROSARIO

VISTO:

La Marcha de los Chicos del Pueblo que se iniciará el
próximo 7 de mayo desde Puerto Iguazú, Misiones, y pasará el día
15 por nuestra ciudad de Rosario, y

CONSIDERANDO:

Que las Marchas de los Chicos del Pueblo se
comenzaron en plena crisis de 2001 cuando partieron desde La
Quiaca un centenar de chicos de entre 7 y 15 años en un gesto
cuyo objetivo era simbolizar la necesidad y el abandono en el que
muchos niños están sumidos en la Argentina. Y la convocatoria
expresaba: “Marchamos porque ser niño ya no es un barco de
papel, ni una aventura de pan y chocolate. Porque ser niño pobre
tiene su destino: prostitución, droga, cárcel o ser asesinado en
cualquier esquina de la pobreza... Marchamos porque, en este
país, mueren 100 niños por día...”,
Que la segunda marcha la realizaron en 2002 desde
Puerto Iguazú del 28 de octubre al 8 de noviembre bajo la consigna
“Un país para todos” y en la convocatoria denunciaban: “El 80 por
ciento de nuestros niños se encuentran bajo niveles de pobreza”.
Que la tercera marcha fue realizada desde
Tucumán comenzando el 20 de junio para llegar a la histórica
Plaza de Mayo el 1º de Julio de 2005, con un mensaje de alerta:
“La pobreza es un crimen. Hay que detenerla. Sí o sí. Porque en
nuestro país no faltan ni alimentos, ni platos, ni madres, ni
médicos, ni maestros, faltan en cambio la voluntad política, la
imaginación institucional, la comprensión cultural y las ganas de
construir una sociedad de semejantes que asegure a cada niño
argentino las oportunidades vitales para que se desarrolle
saludable y pueda crecer con dignidad.......”
Que las marchas son organizadas por unas 300
organizaciones, de todo el territorio nacional, que trabajan por
los derechos de la infancia, y entre ellas se encuentran
organizaciones de nuestra ciudad como “La Vagancia” y la
Asociación Civil “CHICOS”; quienes integran el Movimiento
Nacional de los Chicos del Pueblo. Siendo acompañados por miles
de adhesiones de organizaciones, organismos, personalidades de la
cultura, la educación y las ciencias, de nuestro país y de otros
países;
Que en éstas marchas son los propios niños y niñas
, sujetos de derechos, que alzan sus voces y se transforman en
sujetos políticos a quienes es preciso prestar toda la atención si
queremos una sociedad con ciudadanía plena, para todos y todas ,
para mejorar y consolidar la democracia;
Que fundamentalmente con las marchas pretenden
denunciar la violación a los Derechos del Niño a la vida, a la
familia, a la salud, a la vivienda y a “ la ternura del pan”;
consagrados en nuestra Constitución Nacional;
Que el hambre en Argentina es la cara visible de un
modelo de concentración económica que excluye, margina y/o
mata a más del sesenta por ciento de la población pobre de
nuestro país; siendo esto ampliamente documentado en el
“Informe de desarrollo humano. Argentina 2005” del PNUD, donde
se expone que en el primer semestre de 2004 el 66% de los hogares
de nuestro país eran pobres y en éstos hogares vive el 64% de los
niños hasta 17 años .
Que acompañar el reclamo de los niños / as por sus
derechos debe ser el imperativo del presente; y éste Concejo
Municipal, ha expresado ampliamente su compromiso con la
defensa y protección de los derechos de la infancia;

Es por lo antes expuesto que las Concejalas y los Concejales
presentan para su tratamiento y aprobación los presentes
proyectos de:

RESOLUCIÓN

Artículo 1º.-El CM resuelve adherir a la Marcha de los Chicos del
Pueblo que partirá desde Puerto Iguazú el 8 de mayo y pasará por
nuestra ciudad el próximo 15 del mismo mes. El Movimiento
Nacional de los Chicos del Pueblo bajo la consigna NI UN PIBE
MENOS. EL HAMBRE ES UN CRIMEN , quieren alertarnos sobre el
flagelo del hambre y la miseria .
Este Cuerpo expresa una vez más, su convicción de que sin una
redistribución de las riquezas y los recursos argentinos y sin
trabajo genuino, será difícil poder lograr la Nación de la igualdad
y de la dignidad que es anhelo de todas y todos.
Artículo 2º.-El CM resuelve incluir en su página web el link de
promoción de la Marcha de los Chicos del Pueblo .para colaborar
con la difusión de la marcha y sus fundamentos.
Artículo 3º.- Los considerandos forman parte de la presente
Resolución.

Antesalas, abril de 2007.

2007-04-12-exp 156906- Homenaje a Alfredo Palacios

Concejo de Rosario

Visto:

El próximo 20 de abril del 2007 se cumplirá 42º anos de la muerte del Doctor Alfredo
Lorenzo Palacios, abogado, político, profesor universitario, que sobre disidencia y
cincidencia, defendió con la misma convicción y vehemencia de los valores de la
igualdad, la libertad y la solidaridad social, y;

Considerando:

Nació en Buenos Aires el 10 de agosto de 1880, hijo del doctor Aurelio Palacios y Ana
Ramón, en el barrio de la Boca, en el momento que se desarrollaba una etapa de grandes
transformaciones.
Alfredo Palacios cursó sus estudios primarios en la escuela Onésimo Leguizamón,
ubicada en las calles Santa fé y Paraná. Los estudios secundarios los realizaría en el
Colegio Central, hoy en día Colegio Nacional de Buenos Aires, graduándose de
Bachiller.
Más tarde ingresó a la facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de
Buenos Aires. Doctorándose en Jurisprudencia en 1900, presento una tesís denominada
“La miseria de la República Argentina” de la cual fue rechazada por los hombres de la
época, tubo que presentar una tesís relativa a “Quiebra de empresas”.
Ya recibido de abogado en su chapa establecía “Dr. Alfredo Lorenzo Palacios atiende
gratis a los pobres”. Esos actos demuestran la personalidad de alguien que luchaba por
la igualdad de los derechos de las trabajadoras y trabajadores mas desamparados.
Su aserción al socialismo se da por discursos en distintos mítines en los que intervenía y
de por la cual decide afiliarse al Partido Socialista en el centro de La Plata, en el año
1901.
Al año siguiente un grupo de inmigrantes italianos del barrio de la Boca le solicitaron
que sea su representante en las elecciones a diputados nacionales, lo cual acepto
incondicionalmente. Alfredo Palacios se ocupo de ir casa por casa, conventillo por
conventillo, se detenía en los patios y daba sus discursos en castellanos e italianos y un
interprete los traducía en Xeneise (genovés).
El 13 de marzo de 1904 triunfa en las elecciones, ante una elección en donde dominaba
en el resto de la cuidad un clima de fraude de los partidos del régimen, tan solo con 25
años de edad, Alfredo Palacios fue el primer diputado nacional socialista, como diria
Florencio Sánchez que... “a la boca le salio un diente”.
Desde entonces, aportaría a la historia su fervorosa lucha por una sociedad más justa, ya
en su primer contacto con el Congreso de la Nación, Palacios comenzaría a revolucionar
las formas de metodología de la época. Su negativa a jurar por Dios y los Santos
Evangelios al asumir el cargo, por considerar que se violaba la libertad de cultos
consagrada en la Constitución Nacional, provocó un largo debate acerca de las
cuestiones reglamentarias, a partir de la cual se instauraría por primera vez en las
practicas reglamentarias, la opción entre juramento civil y religioso.
En su primer periodo (1904-1908), su trabajo siempre fue dirigido hacia los derechos de
los trabajadores, su primer proyecto fue la derogación de la ley nº 4.144, conocida como
ley de residencia, él la llama “Carlos Sánchez Viamonte”, también proyecta la ley de
impuesto a las herencias, donaciones y legados. Prohibición de instalar medidores de
agua en los conventillos, la jornada de trabajo de ocho horas, el trabajo de mujeres y
niños, la represión de la trata de blanca, la supresión de la pena de muerte, la
indemnización por los accidentes de trabajo, el reconocimiento de los derechos civiles a
la mujer, el régimen de patentes con relación a las sociedades cooperativas, el divorcio
vincular y el descanso dominical que, con su sanción, se constituye en la primera ley
protectora del trabajo en nuestro país.
En el periodo (1908-1912), por un fraude electoral impide la presencia socialista en el
Congreso de la Nación, en ese año Palacios accede a la cátedra de filosofía del derecho
de la Universidad de Buenos Aires.
En el año 1909 requerido por Jorge Newbery, Palacios se convierte en un impulsor de la
aeronavegación argentina, viajando el mismo en globo, aun en condiciones más
riesgosas.
En el año 1912 retoma la Cámara de Diputado de la Nación, acompañado por Juan B.
Justo y al año siguiente se sumarían Nicolás Repetto y Mario Bravo. Desarrolla un
intenso labor legislativo; Derogando la Ley de defensa social; Ley de Residencia; Ley
de Accidente de Trabajo; Ley de Descanso Dominical; divorcio vincular, prohibición de
venta de ciertas bebidas alcohólicas, régimen de arrendamientos rurales, protección de
al despido arbitrario de los empleados de comercios, procedimientos sobe bienes
inembargables, jubilación de los maestros, incompatibilidad de miembros en Congreso;
reforma del Código de Justicia Militar, condonación de la deuda de Paraguay;
prohibición del empleo del gas acetileno, protección a menores detenidos,
inembargabilidad de sueldo; modificaciones al sistema de impuestos progresivos a la
herencia; reglamentación pago de dietas, abolición a la pena de muerte.
Su visión nacionalista del socialismo le valió muchas veces el reconocimiento de que
fue quien introduce al debate de la nacionalidad y una visión nacional del partido. Fue
quien pregono que el Partido Socialista marche con banderas rojas pero también con
banderas argentinas.
Fue el primer diputado socialista que lleva al seno del congreso la temática de la mujer
y el voto femenino por el que venia luchando feministas como: Alicia Moreau de Justo,
Elvira Rawson Dellepiane, Carolina Muzzili, Fenia Cherkoff y otras.
Separándose del partido por cuestiones estatutarias, se batió a duelo, se dedica
ampliamente a la docencia, creando la cátedra de la “legislación laboral”
En el año 1918 se adhiere a la Reforma Universitaria que estallo en la ciudad de
Córdoba el 15 de Agosto, el hecho cultural más importante de América Latina, juntos a
grandes pensadores como Alejandro Korn, Juan B. Justo y José Ingenieros.
Fue profesor de la Universidad de Buenos Aires y rector de la Universidad Nacional de
la Plata, fundador de la materia de Derecho del Trabajador y de la Seguridad Social de
la Facultad de Ciencias Económicas de la cual el era su titular de cátedra.
Su preocupación por los trabajadores lo impulsa a realizar desde su cátedra, una
investigación de psicofisiologia del trabajo, instalando un laboratorio en una barcaza del
riachuelo, como consecuencia de esta investigación, publica La Fatiga y obtiene el
premio Nacional de Ciencias y fue aplaudido de pie por distinguidas personalidades del
mundo científico internacional.
En 1925 funda la Unión Latinoamericana junto a José Ingeniero. En ella fundara toda la
lucha antiimperialista apuntada desde hacia muchos años al principio con Manuel
Ugarte y luego desde los claustros de la universidad.
En el año 1930 es designado por la Asamblea de la Universidad decano de la facultad
de derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, luego la dictadura lo encarcelara en la
penitenciaria Nacional.
En el año 1931 se reincorpora nuevamente al Partido Socialista y al año siguiente es
elegido junto a Mario Bravo, senador nacional por la Capital Federal. Es reelegido en
1935.
En este largo periodo presenta una cantidad inmensurable de proyectos en defensa de
los trabajadores, niños, jóvenes y personas de la tercera edad. Unos de lo más
importante fue la publicación de la obra de Pauls Groussac Las Islas Malvinas, difusión
popular de los derechos argentinos a la soberanía de las Islas Malvinas.
En esos años emprende varios viajes al norte del país, regresa conmovido por el hambre
y la miseria. En el Senado decía “En el medio del norte he descubierto escuelitas donde
los alumnos no conocen ni la bandera ni el himno nacional”. Esas experiencias le
servían para denunciar la tragedia y el régimen de terror que vivían los trabajadores del
interior.
En 1944, se desempeño como Profesor y Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y
Sociales de la Universidad de La Plata.
En 1955 fue designado Emabjadoe de Uruguay.
Fue Convencional Constituyente en los años 1956 y 1957 e impulsó uno de los
artículos mas importante de la Constitución Nacional, el Art. 14 bis. En el año 1957 los
nombraron Profesor Emérito en la Universidad de Buenos Aires.
También fue candidato precidencial en 1958 con la formula Alfredo Palacios Carlos
Sánchez Viamonte. Por aquel entonces la Revoloción Cubana era el ideal de muchos
sectores y el socialismo argentino lo vio con suma simpatía, a tal punto que el lema de
la campaña presidencial era: “en Cuba los barbudos, en Argemtina losbigotudos... vote
vote vote vótelo a bigote”. Luego cuando la revolución Cubana se adhiere al bloque
soviético, Palacios critica esta decisión porque siempre concibió incompatible la
realización del socialismo sin libertad.
En el año 1961 vuelve a ser Senador Nacional, presentara los siguientes proyectos: la
creación de un seguro social de maternidad, la creación de proscripciones contra los
partidos políticos, la derogación de la ley 13.234 de organización de la Nación para
tiempos de guerras, régimen de incompatibilidades y enriquecimiento ilícito de los
funcionarios, levantamiento del estado de sitio, modificación del articulo 144 del
Código Penal, salario mínimo, vital y móvil.
Nuevamente en 1963 fue diputado nacional, uno de los proyectos más importantes la
organización del Instituto Nacional de Obras Sociales, y el proyecto de ley declarando
de interés nacional la investigación de causas de mortalidad infantil y creación del
Instituto Nacional de Investigaciones Pediátricas.
A poco tiempo comenzó a deteriorarse su salud sin que le impidiera continuar su labor
parlamentaria y presentar diversos proyectos. El 20 de abril de 1965, fallece Palacio en
Buenos Aires a los 87 años de edad.
Alfredo Palacios no solo nos deja todo su ejemplo de militancia política y sus prolisfera
obras escritas con sus ideas y pensamientos y escritos. Entre sus obras mas importantes
están: El Nuevo Derecho, Esreban Echeverría: albacea del pensamiento de mayo, La
miseria, La Fatiga y:
● La universidad y los problemas nacionales(1942
● Alberdi: constructor del desierto(1944)
● Discursos parlamentarios(1909)
● Actuación parlamentaria(1904)
● Pueblos desamparados: solusión de los problemas del noroeste argentino
● La defensa del valor humanos, legislación social argentina(1939)
● Dos años de acción socialista en el parlamento argentino
● Acción universitaria(1929)
● La universidad nueva: desde la reforma universitaria hasta 1957(1958)
● El pensamiento socialista en la convención nacional de 1957(1958)
● Libertad de Prensa(1935)
● Legislación de trabajo: mujeres y niños(1908)
● Las Islas Malvinas(1934)
● La sociedad primitiva, investigaciones en la líneas del progreso humano desde
el salvajismo y la civilización, a travéz de la barbarie/colaborador(1935)
● Masa y elites en el libero América(1954)
● Espíritu y técnica de la universidad(1943)
● La corte suprema ante el tribunal del senado(1947)
● Democracia, liberalismo... cosas viejas/colaborador(1960)
● El delito de la opinión y la tradición argentina(1937)
● La maquina y el evangelio/colaborador(1946)
● El dolor argentino(1936)
● Acción parlamentaria: mayo 1912-abril-1913(1913)
● Discursos parlamentarios/colaborador(1933)
● Las Islas Malvinas: Archipiélagos argentino(1946)
● La represión del fraude electoral
● Nuestra américa y el imperialismo(1961)
● La justicia social(1954)
● El proceso Alvera/colaborador(1933)
● Mayas: contribución el estudio de las instituciones americanas
precolombianas(1937)
● Nuevas poesias y evangeles/colaborador(1918)
● Derecho internacional obrero: el congreso de Washngton(1920)
● Tirania y demagogia: la libre navegación de los ríos(1948)
Su austeridad le valió una vida de grandes privaciones en sus últimos años y falleció en
absoluta pobreza. Su casa ubicada en la calle Chacras 4741 ( en Buenos Aires) estuvo a
punto de ser rematada varias veces y solo por intervención de amigos pudo ser salvada.
Hoy funciona allí la Fundación Alfredo Lorenzo Palacios, la que conserva algunos de
sus muebles y su enorme biblioteca.
Su trayectoria, militancia, la legislación en defensa de los mas pobres y el
reconocimiento de su figura política a nivel nacional ha sido destacado con mucha

justicia al designarse edificio al anexo del Congreso de la Nación con su nombre.
Es por eso que todo lo expuesto que las Concejalas y Concejales abajo firmantes
presentan para su aprobación el presente proyecto de:

DECLARACIÓN

El Concejo Municipal de Rosario, al cumplirse cuarenta y dos años de su
fallecimiento, rinde homenaje a Alfredo Lorenzo Palacios quien fue un
hombre publico y militante político de los mas destacados durante el
segundo cuarto de siglo XX.
Juriconsulto, fervoso impulsor del reformismo universitario, intelectual
legislador, escritor y educador.
Que desde su banca tanto como Diputado o Senador, desde su oficina
como abogado y desde los estrados como educador siempre mantuvo sus
ideas de igualdad, libertad, solidaridad y justicia y nos lego leyes y obras
escritas impregnadas de tales ideas.
Destacamos su figura y su inmensurable tarea en pos del bien común y
fundamentalmente de los trabajadores, las mujeres y los niños: que cautivo
y sigue cautivando a distintas generaciones de argentinas y argentinos y es
parte de la memoria colectiva de Ámerica Latina.