miércoles, 11 de febrero de 2009

exp- 167.543-p-08 Mes de la diversidad sexual

Concejo Municipal de Rosario

"En el año del 60º aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos y del 25º aniversario de la recuperación de la Democracia."


VISTO:

La Ordenanza Nº 8166 que establece el "Día Municiapal de lucha contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género", sancionada por éste Cuerpo;

La Ordenanza Nº 7781 que establece el Mes del Niño y de la Niña;

La Ordenanza Nº 8160 que establece el mes de acción por la salud de las mujeres"

La Ordenanza Nº 8322 que establece el Mes de Concientización del Cáncer de Mama.

Las diversas actividades llevadas a cabo por el Area de la Diversidad Sexual y su Consejo Consultivo Asesor, integrado por un nutrido grupo de organismos y organizaciones comprometidos/as con la defensa y promoción de la igualdad de derechos de las personas LGBT; y


CONSIDERANDO:

Que es necesario aportar constantemente a la visibilidad de la realidad de la diversidad sexual;

Que desde éste Concejo Municipal y desde el Estado Municipal se ha puesto en la agenda de las políticas públicas el respeto, inclusión, protección y promoción de la igualdad de derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y trans.


Que el movimiento reivindicativo de la igualdad de derechos de las personas LGBT , se encuentra en constante alerta ya que si bien han logrado algunos avances, la discriminación y los crímenes de la homo-lesbo-transfobia continúan siendo una aberración en nuestros días;


Que es oportuno anvanzar hacia la afirmación social de la igualdad de derechos de las personas LGBT, ofreciendo los recursos y espacios públicos para poner de manifiesto la histórica lucha de organismos y organizaciones que trabajan por la igualdad de derechos; aportando, desde la visibilidad, el valor y el respeto por lo diverso con un debate enriquecido con aportes de las ciencias sociales y a quienes diariamente les son vulnerados ;


Que en tal sentido la ciudad de Rosario ha tomado algunos meses del año calendario para trabajar fuertemente la promoción y/o prevención respecto a algunas temáticas actuales. Siendo ejemplos de ello: Noviembre:"El mes del niño y de la niña", Mayo: en el marco del Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres" la Campaña anual de difusión, promoción y concientización sobre Derechos Sexuales y Reproductivos con perspectiva de género", Octubre "Mes de Concientización del Cáncer de Mama", entre otros;


Que en muchas otras ciudades se ha adoptado un mes del año para destacar la igualdad de derechos de las personas LGTB, tal el caso de Venezuela dónde existe el mes del "Orgullo de la Diversidad Sexual"; Uruguay dónde septiembre es el "Mes de la Diversidad Sexual " , en nuestro país , la ciudad de Bahía Blanca tiene su "Mes X la diversidad", en tanto que el INADI realiza actividades en el marco de lo que denomina "Mes de Acción por la Diversidad Sexual"


Que es posible construir junto a las organizaciones del Consejo Consultivo Asesor del Área de la Diversidad Sexual Municipal, y a otras que pudieren sumarse, una agenda, que se inicie el 17 de mayo de cada año (Día municipal de lucha contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género) que contenga actividades culturales, recreativas y académicas para celebrar la diversidad sexual con una mirada inclusiva, plural y de valoración y respeto por las diferencias;


Es por lo antes expuesto que los Concejales y las Concejalas abajo firmantes presentan para su tratamiento y aprobación el presente proyecto de :


ORDENANZA


Artículo 1º.- Queda establecido, en la Ciudad de Rosario el Mes de la Diversidad Afectivo Sexual tomando el 17 de mayo de cada año, como inicio para tal evento.


Artículo 2º.- El objetivo de la presente Ordenaza es favorecer los debates necesarios en torno al pleno ejercicio de la libre opción sexual para remover los prejuicios y los estereotipos discriminartorios que niegan la plena ciudadanía a las personas LGBT.


Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo , a través del Área de la Diversidad Sexual dependiente de la Secretaría de Promoción Social, junto al Consejo Consultivo Asesor del Área será quien promueva la concreción de la agenda del Mes. de la Diversidad Afectivo Sexual incluyendo actividades culturales, académicas y recreativas, dirigidas a todo público.


Artículo 4º.- Comuníquese con sus considerandos.-


Antesalas, 10 de noviembre de 2008.


exp- 167.213-p-08 DIGESTO Diversidad Sexual

Concejo Municipal Rosario

VISTO:


El Área de la Diversidad Sexual dependiente de la Secretaría de Promoción Social de nuestra Municipalidad de Rosario,


Las normativas que reconocen, garantizan y promueven el ejercicio pleno de la ciudadanía de las personas LGBT, emanadas de éste Concejo Municipal de Rosario;


Diversos instrumentos para la difusión de derechos y garantías elaborados por la Municipalidad de Rosario:

La Ordenanza 7269/2001 que crea el Digesto Ambiental Rosario,

El Decreto 25788 que encomienda al DE a través del Área de la Mujer la recopilación de las Ordenanzas y Decretos que promueven y garantizan derechos específicos de las mujeres,

El Decreto 18849 que indica una nueva recopilación del Código Urbano,

La Ordenanza 7353/2002 que establece la confección de un Código de tramitaciones, constituido por un texto ordenado de la normativa vigente y manual de instrucciones para la realización de gestiones,

La publicación Pautas y exigencias para un proyecto arquitectónico de Inclusión” elaborado por la Municipalidad de Rosario a través del “Equipo de accesibilidad" de la Dirección General de Obras Particulares y la Dirección de Inclusión, y


CONSIDERANDO:

Que desde éste Concejo Municipal hemos promovido, con importante normativa, el reconocimiento de la sexualidad en su aspecto positivo, tomando en cuenta la diversidad de deseos y experiencias, tan propio de la vida sexual humana;

Que para tal normativa se tubo en cuenta la voz de las organizaciones sociales como así también nuestra Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de DDHH incluidos en ella;


Que es importante destacar que “desde 1994 varios comités de vigilancia de DDHH dependientes de la ONU han adoptado recomendaciones acerca del estigma, la discriminación y la violencia ligados a la sexualidad, incluyendo algunos sobre mutilación genital femenina y maltrato, abuso y ejecución extrajudicial de personas transgéneros y transexuales.(”Serias para el debate. Nº 5).

Que con relación a lo anterior consideramos importante rescatar que si alguien no encaja en una determinada categoría de identidad sexual hegemónica, no por ello han de negársele derechos, ni esa persona debe renunciar al ejercicio de los mismos; más aún el Estado debe establecer políticas públicas inclusivas en su protección,


Que en tal sentido éste Concejo, a pedido de las organizaciones LGBT, con el consenso de todos los bloques políticos y del Sindicato de Empleados Municipales a través del Instituto Municipal de Previsión Social posibilitó la modificación de la Ordenanza 7919 que amplía el Derecho a Pensión a parejas de trabajadores y trabajadoras municipales sin distinción de identidad de género u orientación sexual,


Que así nuestra ciudad cuenta desde 2006, con un Paseo de la Diversidad Sexual, en cuya placa puede leerse: “Por el respeto a todo género, identidad y orientación sexual”.Primer espacio en su tipo en Argentina en hacer visible la realidad de la diversidad sexual; oportunidad en la que expresábamos: “Que hablar de diversidad sexual es , en primer lugar, una decisión política, ya que implica reconocer que existen múltiples orientaciones sexuales y que estas no son en sí mismas alteraciones patológicas, sino expresiones igualmente valiosas de eso que llamamos sexualidad”(Considerandos Ordenanza 8012)


Que al mismo tiempo podemos citar:las Ordenanzas 7.946/05(incorpora la identidad de género entre las formas de discriminación a sancionar y erradicar); ; 8.004 (derecho a pensión a parejas del mismo sexo); 8.012(crea Paseo de la Diversidad); 8.045(Crea el Area de la Diversidad Sexual);8.166(establece el Dia Municipal de lucha contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género); los Decretos 27.298(adhesión al Plan Nacional contra la Discriminación del INADI); 27.275(Declara de Interés Muncipal 5º Encuentro LGBT); 30.202(Declara de Interés 1º Encuentro Nacional de Mujeres Lesbianas y Bisexuales) ; 30.049 (reconocimiento en efectores municipales del nombre de identidad de género sentido) ; junto a un gran número de Declaraciones y Resoluciones en defensa del personalísimo derecho a la intimidad y a la libre opción sexual, propuestos y sancionados por éste Concejo Municipal;


Que pobreza y sexualidad mantienen una relación intrínseca. La pobreza incluye no sólo las condiciones económicas y materiales sino también la falta de poder, libertad y recursos para decidir a cerca de su propia vida y darle forma. Esto es, en los barrios pobres quienes se apartan de las normas sexuales se ven excluídos y excluídas de las instituciones políticas, religiosas, de los servicios educativos y de salud: *la deserción escolar : a causa de embarazo en niñas, o en caso de niños/as de orientación sexual diversa,

*la falta de atención sanitaria específica,

*la estigmatización que les impide acceder a un trabajo formal,

*la persecución policial que sufren por un Código Penal que lo habilita,

*el hacinamiento que solo posibilita encuentros sexuales apurados, sin privacidad que dejan poco tiempo para la comunicación,la prevención y el placer, son sólo algunos ejemplos;


Que atentos a la necesidad de atender la población LGBT de nuestra ciudad, darles plena ciudadanía y tratamiento específico a su realidad particular fue creada el Área de la Diversidad Sexual orientada a dar respuestas inclusivas e integradoras de asistencia y atención a éste colectivo;


Que para la efectiva apropiación y ejercicio de los Derechos una de las condiciones fundamentales es que los mismos sean conocidos por la población en general y especialmente por los destinatarios de tales herramientas;


Que el importante número de normativa destinada a la protección, promoción y difusión de la igualdad de derechos para las personas LGBT, publicado en un Digesto, se constituirá en una herramienta para la construcción de la plena ciudadanía,


Es por lo antes expuesto que los Concejales y las Concejalas abajo firmantes presentan para su tratamiento y aprobación el presente proyecto de :


DECRETO


Artículo 1º.- El D.E. a través de Área de la Diversidad Sexual elaborará un "Digesto Municipal de la Diversidad Sexual" con toda la normativa emanada del Concejo Municipal y del DE (incluyendo Declaraciones y Resoluciones del Concejo Municipal) relacionadas con el pleno ejercicio de derechos, igualdad de trato y oportunidades de las personas LGBT.


Artículo 2º.- El Digesto, mencionado en el Artículo 1º, estará disponible en papel y en formato digital, siendo exhibido en la página Web del Municipio y del Concejo Municipal de Rosario.


Artículo 3º.-La presentación del Digesto se realizará en un acto a realizarse en el Concejo Municipal en fecha a definir.


Artículo 4º.- Comuníquese con sus considerandos.-


Antesalas, 27 de octubre de 2008.


exp- 166.762-p-08 Muestra Allende en los Centros Municipales de Distrito

Concejo Municipal de Rosario

"En el año del 60º Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos"


VISTO:

La Muestra Fotográfica en homenaje al Presidente Constitucional Salvador Allende, que fuera inaugurada por éste Cuerpo el 11 de septiembre último, y


CONSIDERANDO:


Que es oportuno en el año del cien aniversario del natalicio del Presidente Constitucional chileno, Salvador Allende, mostrar al menos imágenes de quien fuera quien intentó instaurar el socialismo en Chile con un profundo sentido democrático, de participación popular y de apego a las leyes.Siendo así como el hermano país vivió la expresión de democracia más importante en su historia,


Que nuestra América Latina vive un momento histórico de cambios políticos y de consolidación de la democracia, en tanto reconstruir la historia de los países que la integran nos ayuda en la búsqueda de la ansiada unidad latinoamericana. Que respecto al importante momento histórico al que asistimos, los países de nuestra región vienen, con asiertos y con errores construyendo en suramérica espacios de integración como son el MERCOSUR y el UNASUR. El MERCOSUR es un espacio ya consolidado con compromisos jurídicos y con el espíritu de una integración productiva conjunta; en tanto que el UNASUR se propone :"avanzar en la profundización de una integración integral que contribuya de manera efectiva al desarrollo humano sustentable y equitativo, para vivir bien con respeto por la diversidad y las asimetrías, que aglutine las diferentes visiones, modelos y enfoques y que sea convergente hacia la formación de la Unión de Naciones Suramericanas."


Que la figura de Allende es parte de un hito histórico que debe ser difundido y promovido como forma de construcción política democrática, por cuanto la memoria colectiva de los y las latinoamericanos/as tiene un espacio de reconocimiento para quien pudo demostrar que gobernar y repetar la Constitución es posible;


Que también en el inicio de aquella dictadura genocida de Pinochet, que le costara la vida a Salvador Allende los suramericanos y las sur americanas nos encontramos en el inico del "Plan Cóndor" que convirtió a América Latina en el más grande campo de concetración conocido, y del que acuñamos dolorosamente la palabra "desaparecidos". Tres mil en Chile, 150 en Uruguay y 30.000 en nuestro país. Paraguay cuenta 15 mil detenidos ilegalmente y más de 300 desaparecidos, Brasil cuenta 475 víctimas, Bolivia 15 mil detenidos ilegalmente y alrededor de 150 desaparecidos.


Que cada año para el 11 de septiembre éste Concejo Municipal recuerda y rinde homenaje al político trascendente, al militante consecuente con sus ideales, al Presidente Constitucional de la construcción colectiva y el consenso; que se conjuga en la personalidad y la trayectoria de Allende,


Que en el año del cien aniversario de su natalicio numerosas , diversas y en distintos lugares, se vienen realizando actividades en su memoria,


Que por Resolución de éste Concejo Municipal la muestra fotográfica presentada el 11 de septiembre último es puesta a disposición de las instituciones de la Ciudad que deseen exibirla,


Que a los Distritos Municipales concurren diariamente miles de ciudadanos y ciudadanas, y que la mayoría de los mismos cuenta con espacio suficiente para la exhibición de la Muestra Fotográfica en Homenaje a Salvador Allende,


Es por lo antes expuesto que los Concejales y las Concejalas abajo firmantes presentan para su tratamiento y aprobación el presente proyecto de:


DECRETO

Artículo 1º.- Encomiéndase al DE , a través de la Secretaría General, exibir en los Distritos Municipales , durante el presente año, la muestra Fotográfica en Homenaje al Presidente Constitucional de Chile Salvador Allende; que éste Cuerpo ha presentado el 11 de septiembre último.


Artículo 2º.- Establecer un cronograma de exibición.


Artículo 3º.-Difundir y promocionar la realización de la Muestra Fotográfica y su cronograma


Artículo 3º.- Una vez realizada la Muestra , el material en exibición volverá al Concejo Municipal.


Artículo 4º.- Comuníquese con sus considerandos.-


Antesalas, 30 de septiembre de 2008.

exp- 166.668-p-08 CAMPAÑA "La Bolsa de los mandados" - Reducción del Uso de bolsas plasticas

Concejo Municipal de Rosario

En el año del 60º Aniversario de la declaración Universal de los Derechos Humanos


VISTO:

El uso masivo de bolsas de polietileno y el impacto negativo que producen en el medio ambiente.


CONSIDERANDO:

Que hoy se distribuyen en forma masiva en todos los comercios, tanto grandes como pequeños.

Que las bolsas de “plástico” producen un daño en gran escala en el medio ambiente.

Que existen diversas campañas que apuntan a la utilización de bolsas reutilizables en lugar de las conocidas “bolsas de plástico”.

Que podemos citar la Campaña impulsada por la Fundación Patagonia Natural en Puerto Madryn. “Menos Bolsas, Más Trabajo”, la cual tiene como objetivo recuperar el uso de la “bolsa de los mandados” para dejar de usar la bolsa de polietileno que no son biodegradables y que producen un grave factor de contaminación.

Que otra iniciativa es la que impulsara la Consultora El Viaje de Odiseo, los cuales iniciaron una campaña con el lema “No use bolsas plásticas”, que tiene como una de sus acciones concretas la venta (sin fines de lucro) de bolsas de tela confeccionadas por la Cooperativa La Juanita impresas con el slogan “NO USO bolsas plásticas.... Gracias”.

Que actualmente se encuentran en estudio proyectos que tiene como objetivo fundamental crear conciencia respecto a los cuidados que deberíamos dar para preservar nuestro medio ambiente a través del no uso de las bolsas de polietileno.

Que creemos esencial empezar a cambiar hábitos en nuestro quehacer cotidiano que apunte a la concresión de esos objetivos.

Que a través de la Cámara de Supermercados de nuestra ciudad, en coordinación con la Municipalidad de Rosario, a través de la Subsecretaría de Medio Ambiente y la Secretaría de la Producción y otras instituciones que puedan caber a este objetivo, se pueden buscar mecanismos y estrategias que tengan como objetivo principal la generación de conciencia respecto a la no utilización de bolsas de polietileno y a la concresión de la utilizacion de la bolsa de los mandados.

Por todo lo expueso los concejales y concejalas abajo firmantes solicitan el tratamiento y aprobación del siguiente proyecto de


ORDENANZA


Artículo 1º: Establecese en la ciudad de Rosario el Programa “La Bolsa de los Mandados”.

Artículo 2º: El objetivo de este programa es sensibilizar a los ciudadanos y ciudadanas de Rosario respecto al cambio de hábitos en favor de la preservación de nuestro medio ambiente.

Artículo 3º: El programa estará acompañado con una Campaña permanente de concientización tendiente a fomentar el uso de bolsas reutilizables.

Artículo 4º: La Municipalidad de Rosario, llevará a cabo junto con la Cámara de Supermercados y otras instituciones la estrategia para la implementación del Programa “La Bolsa de los Mandados”.

Artículo 5º: Comuníquese con sus considerandos.

Antesalas, Septiembre de 2008.-


exp- 166.659-p-08 PANEL AREA PROTEGIDA por la Quema de pastizales en las Islas

Concejo Municipal de Rosario

En el año del 60º Aniversario de la declaración Universal de los Derechos Humanos


VISTO:

La problemática que sufre la ciudad de Rosario a partir de la quema de pastizales en tierras del la Provincia de Entre Ríos, y

CONSIDERANDO:

Que la problemática de la quema de pastizales la padecen los rosarinos desde el año 2003 aproximadamente.

Que producto de la quema indiscriminada de pastizales en la zona de las islas de la provincia de Entre Rios, Rosario se ve invadida cotidianamente por el humo que afecta la calidad de vida de todos los ciudadanos y ciudadanas.

Que desde la costa rosarina se pueden percibir claramente los focos de incendios en tierras entrerrianas.

Que esto se realiza como fruto de un desarrollo descontrolado de la actividad ganadera no teniendo en cuenta el daño irreparable sobre los Humedales.

Que los incendios están perjudicando la biodiversidad que caracteriza a esta zona, afectando el agua y el ambiente, poniendo en serio peligro la sustentabilidad del sistema de humedales del Paraná Inferior

Que esto llevará a la degradación de los recursos naturales de manera acelerada y profunda, teniendo grandes costos sociales y ambientales.

Que la quema de pastizales ha provocado daños en la salud de los ciudadanos, accidentes en rutas como consecuencia de la baja visibilidad.

Que organizaciones ambientalistas manifiestan desde hace muchos años, la necesidad de generar acciones que permitan terminar con estas prácticas obsoletas e irracionales.

Que además desde agrupaciones tanto de Santa fe como Entre Ríos coinciden en reclamar como “necesaria” la creación de un área protegida en la zona de los humedales en las islas frente a Rosario.

Que podemos citar en el último tiempo acciones que se fueron llevando a cabo con el objetivo de terminar con esta problemática.

Que en enero de este año las autoridades de Medio Ambiente de ambas provincias se reunieron para coordinar tareas en el marco del Plan Nacional de Manejo de Fuego.

Que desde el Concejo Municipal se pueden citar intervenciones en el mismo sentido, como es la última Declaración aprobada en Abril de este año la cual establecía la necesidad de declarar Área Natural Protegida a la zona de las islas del Alto delta del río Paraná.

Que la Municipalidad de Rosario presentó en Agosto pasado una demanda por daño ambiental ante la Corte Suprema de Justicia mediante la cual se solicita la creación de un órgano multijurisdiccional, que se declare la emergencia ambiental, que se proceda con la prohibición inmediata de la quema de pastizales, que se promueva un ordenamiento ambiental del territorio.

Que en los últimos días la ciudad vio acrecentar los focos de incendios en la zona de islas, haciendo de Rosario una ciudad tapada por el humo provocando una lluvia de cenizas.

Que la Municipalidad realizó una convocatoria a la ciudadanía para realizar acciones en reclamo del cese de la quema de pastizales.

Que el Concejo Municipal no estuvo ajeno a esta convocatoria participando de las actividades convocadas como fuera la movilización realizada en la cabecera del Puente Rosario-Victoria.

Que en el mismo sentido este Cuerpo cree conveniente continuar aportando al debate sobre la problemática que afecta a la ciudadanía, convocando a una panel de debate sobre la necesidad de declarar Área Protegida a la zona de islas.

Por todo lo expuesto los concejales y concejalas abajo firmantes solicitan el tratamiento y aprobación del siguiente proyecto de


RESOLUCION

El Concejo Municipal resuelve realizar una Mesa de Debate en torno a la problemática de la quema de pastizales en la zona de islas del Alto Delta del río Paraná, dirigida a organizaciones ambientalistas y cuidadanos/as de Rosario, con el objetivo de debatir sobre la necesidad de generar acciones tendientes a declarar a la zona Area Protegida.


Antesalas, Septiembre de 2008

exp- 166.560-p-08 Octubre como Mes Municipal del Cáncer de Mama

VISTO:
Concejo Municipal de Rosario
“En el año del 60º Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos”

VISTO:


La NOTA presentada por la “Campaña por la conciencia del cáncer de mama” de Estée Lauder Companies, quienes solicitan se Declare en nuestra ciudad el mes de octubre como “Mes de concientización del Cáncer de Mama”,


El “Programa de Salud Integral de la Mujer”, de la Secretaría de Salud Municipal,


El “Área de la Mujer”, dependiente de la Secretaría de Promoción Social Municipal, y


CONSIDERANDO:

Que desde 1992 Estée Lauder Companies, junto a numerosas empresas realizan la “Campaña por la conciencia del cáncer de mama” en más de 50 países, con el propósito de que la población en general y las mujeres en particular tomen conciencia de la importancia de la detección temprana de la enfermedad, siendo objetivos de ésta campaña también apoyar la investigación y fundamentalmente vencer a éste tipo de cáncer que afecta a miles de mujeres en todo el mundo.


Que según la Sociedad de Mastología de Argentina: “cada dos minutos se diagnostica un cáncer de mama en el mundo; una mujer de cada 8 que alcance la edad de 85 años habrá desarrollado un cáncer de mama en el curso de su vida; el 70% de los cánceres de mama son detectados por autoexamen; no todos los cánceres se detectan por palpación, por lo que recomendamos mamografías en forma regular y autoexamen mensual;…..; cuando un cáncer de mama es detectado tempranamente, la sobrevida a 5 años es de 96%...”(sitio Web Sociedad de Mastología de Argentina).


Que, respecto a lo antes mencionado las organizaciones que trabajan la problemática del cáncer, es sus distintas formas, coinciden en destacar que si bien la prevención en salud es fundamental, con relación al cáncer de mama (como en otros casos) lo es también la detección temprana; y en tal sentido, establecer el mes de octubre como “Mes de concientización sobre el cáncer de mama” aportará a la toma de conciencia y difusión de ésta enfermedad.


Que la Municipalidad de Rosario tiene como uno de sus ejes prioritarios en las políticas de promoción de la salud la temática de la salud de la mujer, teniendo entre los objetivos del Programa Salud Integral de la Mujer la detección precoz del cáncer de mama; en tanto que el Área de la Mujer promueve acciones, desde la perspectiva de género, para la difusión, promoción y defensa de los derechos humanos de las mujeres entre ellos la especial atención de la salud; ambas áreas deben ser las encargadas de diseñar las estrategias posibles para la mayor difusión y toma de conciencia del cáncer de mama;



Es por lo antes expuesto que los Concejales y la Concejalas abajo firmantes presentan para su tratamiento y aprobación el presente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo 1º.- Queda establecido en la Ciudad de Rosario el mes de octubre de cada año como “Mes de concientización del cáncer de mama”.

Artículo 2º.- El objetivo de la presente Ordenanza es ofrecer información, con perspectiva de género, a la población en general y a las mujeres en particular a cerca del cáncer de mama, su prevención y detección temprana, aportando a una mejor calidad de vida para todos y todas.

Artículo 3º .- El DE a través del Área de la Mujer, dependiente de la Secretaría de Promoción Social y el Programa de Salud Integral de la Mujer, dependiente de la Secretaría de Salud diseñará e instrumentará las acciones posibles a fin de dar cumplimiento al objetivo de la presente.

Artículo 4º.- Comuníquese con sus considerandos.

Artículo 5º.- De forma.


Antesalas, 18 de septiembre de 2008.


exp- 166.561-p-08 Interes Municipal 16º Campaña cáncer de MAMA - Iluminacion de Rosa algun Monumento

VISTO:

Concejo Municipal de Rosario

"En el año del 60º aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos"


VISTO:


La 16º Campaña de Conciencia sobre el Cáncer de Mama, que se realizará durante el mes de Octubre del corriente año, organizada por la empresa Estée Lauder Companies en más de 50 países y,


CONSIDERANDO:


Que los objetivos de la campaña son crear conciencia sobre la temprana detección de la enfermedad en pos de su cura, apoyar la investigación y vencer al cáncer de mama y fue la primera en alentar a los gobiernos de los distintos países a dedicar un día, una semana o el mes de Octubre a la concientización sobre el cáncer de mama.


Que por 9º año consecutivo se llevará a cabo la iniciativa de iluminar monumentos representativos, edificios famosos y lugares conocidos de color rosa alrededor del mundo para focalizar la atención sobre el cáncer de mama y difundir el mensaje de que la detección precoz salva vidas.


Que en nuestro país, durante la Campaña del año 2007 y auspiciado por el Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, se iluminó el Cabildo y la Pirámide de Mayo, en la ciudad de La Plata se iluminó el Palacio Municipal y en nuestra ciudad la Fuente de la Utopía, como una poderosa forma de hacer que el mensaje se divulgue, se continúe motivando e inspirando a que las mujeres se realicen una mamografía anual (después de los 40 años) y visiten a un especialista una vez al año.



Que en el año 1999, la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, declaró a Octubre como mes de “Concientización del Cáncer de Mama” y en el año 2007, la Campaña de Conciencia sobre el Cáncer de Mama en Argentina, fue declarada de interés público por la Superintendencia de Servicios de Salud y por el Ministerio de Salud de la Nación, resolución 537-07 el 24 de agosto de 2007.



Que en la ciudad de La Plata la Campaña fue declarada de Interés bajo Decreto Nº 1295 y el consejo Nacional de la Mujer la consideró de gran interés para las mujeres, por ello han difundido el mensaje de la misma entre los Consejos Federales de la Mujer en las distintas provincias del país



Que el cáncer de mama es el tipo de cáncer más común en la mujer (excluyendo al cáncer de piel), que una de cada 8 mujeres desarrollará la enfermedad en algún momento de su vida y que detectado tempranamente es curable en el 98 % de los casos, pero aún no se ha llegado a esa meta.


Que tanto la empresa OSIM (Obra Social de Actividades Empresarias), como entidad gestora de la Seguridad Social en la Argentina, como la Municipalidad de Rosario han decidido participar en ésta campaña, concientes de la importancia que reviste la creación de una cultura de prevención en la población.


Por todo lo anteriormente expuesto los Concejales y Concejalas abajo firmantes solicitan el tratamiento y aprobación del siguiente proyecto de:


DECLARACION


El CM manifiesta su adhesión a la 16º Campaña de Conciencia sobre Cáncer de Mama que se realizará durante el mes de Octubre del corriente año, organizada por Estée Lauder Companies en más de 50 países.


DECRETO


Artículo 1º: -Declárese de interés Municipal la 16º Campaña de Conciencia sobre Cáncer de Mama que se realizará durante el mes de Octubre del corriente año, organizada por Estée Lauder Companies.

Artículo 2º: - Encomiéndese al Poder Ejecutivo Municipal proceda a realizar la iluminación de color rosa, en un lugar a determinar, para la 16º Campaña de Conciencia sobre el Cáncer de Mama.

Artículo 3º:- Comuníquese con sus considerandos.

Antesalas, Septiembre de 2008.



exp- 166.688-p-08 Interes Municipal 1er Congreso Estudiantes de Ingerieria Civil (CONEIC)

CONCEJO MUNICIPAL DE ROSARIO


VISTO:

El 1er Congreso Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil (CONEIC) a desarrollarse entre los días 16 y 18 de Octubre del corriente en el Auditorio del Banco Municipal de Rosario y;


CONSIDERANDO:

Que el objetivo principal de este congreso es generar un ámbito que propicie la integración de los estudiantes de Ingeniería Civil del país, como también, su formación integral: intelectual, social, humana y profesional.

Que el presente está organizado por estudiantes y egresados de Ingeniería Civil de la Facultad de Ciencias Exactas, Ingeniería y Agrimensura de la Universidad Nacional de Rosario y de la Facultad Regional Rosario de la Universidad Tecnológica Nacional, avalado por las mencionadas facultades y el Colegio de los Profesionales de la Ingeniería Civil de Santa Fe Distrito II.

Que otro objetivo fundamental de este congreso es promover y conformar la Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil (ANEIC), una asociación civil sin fines de lucro, autónoma y apolítica consolidada en muchos países latinoamericanos.

Que la idea de constituir la Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil en Argentina surge entre estudiantes de Mendoza, San Juan, Salta y Rosario durante el 2do Congreso Latinoamericano de Estudiantes de Ingeniería Civil, realizado en el año 2005 en Concepción (Chile).

Que en reuniones posteriores se asentó la iniciativa, primero en Buenos Aires, se manifestó la intención de conformar ANEIC Argentina ante el presidente de la Asociación Latinoamericana de Estudiantes de Ingeniería Civil (ALEIC), y luego, en Salta, se plantearon objetivos, entre los cuales, la organización del Primer Congreso Nacional era el paso más importante para avanzar en este camino.

Que existen objetivos específicos los cuales podrían llevarse a cabo con la realización del presente, tales como, lograr una excelente oferta académica, aportar conocimientos complementarios para el desempeño profesional, acercar al estudiante a la realidad profesional e identificar los desafíos pendientes en materia de Ingeniería Civil para el desarrollo sostenible del país.

Que Rosario es una ciudad de atractivo turístico y cultural, centro de una gran región productiva que en los últimos años generó un notable incremento de obras en materia de Ingeniería Civil e innumerables proyectos de gran envergadura que se están dando lugar en nuestra ciudad. Asimismo, y en materia de eventos, dispone ampliamente de los servicios y comodidades necesarios para recibir a los participantes.

Que se invitará a todas las universidades que dictan la carrera de Ingeniería Civil del país y se espera la convocatoria de 300 estudiantes y egresados nacionales, como también extranjeros.

Por todo lo expuesto los concejales y las concejalas abajo firmantes solicitan el tratamiento y aprobación del siguiente proyecto de


DECRETO

Artículo 1º.- Declárese de Interés Municipal, según lo dispuesto por Ordenanza 5986 y sus modificatorias, al “1er Congreso Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil” que se realizará en nuestra ciudad, en el auditorio del Banco Municipal de Rosario, San Martín 730, los días 16, 17 y 18 de octubre, el mismo está organizado por estudiantes y egresados de Ingeniería Civil de la Facultad de Ciencias Exactas, Ingeniería y Agrimensura de la Universidad Nacional de Rosario y de la Facultad Regional Rosario de la Universidad Tecnológica Nacional.
Artículo 2º.- Comuníquese con sus considerandos.

Artículo 3º.- De forma.

Antesalas, Setiembre de 2008.-

exp-166.274-p-08 Pedido reglamentación Ley Nº 26.331 “Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosque Nativos”.

Concejo Municipal de Rosario

VISTO:

La Ley Nº 26.331, “Presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos”, y


CONSIDERANDO:

Que en Noviembre de 2007 se sanciona la Ley 26.331, la cual “...establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que estos brindan a la sociedad...”

Que esta el tratamiento y aprobación de la mencionada ley se da en el marco de una amplia participación ciudadana, llegando al Congreso con una fuerte presión social desde todos los puntos de nuestro país y con un fuerte involucramiento de las organizaciones no gubernamentales.

Que esta ley surge a partir de la necesidad de aprobar un proyecto sobre la conservación de bosques, ya que la explotación actualmente se realiza de manera indiscriminada, sin tener en cuenta los presupuestos de desarrollo sustentable.

Que desde el año 2004 hasta la actualidad se han deforestado en nuestro país aproximadamente un millón de hectáreas.

Que de acuerdo a los datos brindados por el Instituto Forestal Nacional el 39% de la superficie de nuestro país era ocupado por los bosques nativos en el año 1914. Pasando en 1987 a tener una cobertura de tan solo el 14%.

Que según datos de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación entre 1998 y 2002 desaparecieron 781.930 hectáreas pero en los cuatro últimos años se profundizó hasta llegar a la deforestación de 1.108.669 hectáreas, siendo esto el equivalente a 280.000 hectáreas por año.

Que los bosques nativos son sistemas vitales con capacidad de autoconservación y autorregulación, que se han establecido sin la intervención del hombre, presentando una destacada complejidad que permite la continuidad de la vida sobre el planeta, como es el refugio de fauna y flora, protección de suministros de agua y de suelos, entre otros.

Que la deforestación a la cual actualmente están sometidos, a través de severos procesos de degradación, hace que nos encontremos ante la pérdida de biomasa que da como resultado bosques empobrecidos.

Que esta deforestación se da a partir del avance de la frontera agrícola y ganadera de nuestro país.

Que actualmente en la Cámara de Diputados se presentaron tres pedidos de informes sobre la reglamentación de la Ley Nº 26.331 “Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosque Nativos”.

Que las organizaciones, que pelearon por la aprobación de esta Ley, como es el caso de Greenpeace, hoy reclaman la reglamentación, la cual permitiria que cada provincia trabaje seriamente en sus planes de ordenamiento territorial en forma participada y técnicamente sólida de acuerdo a lo planteado en la ley.

Que hoy este Cuerpo considera necesario acompañar este reclamo sentido de quienes lucharon por la aprobación de la “Ley de Bosques”.

Que esta reglamentación se debe dar en el mismo sentido en el que se aprobó la mencionada ley, con la participación de organizaciones involucradas en la temática


Por todo lo expuesto los concejales y las concejalas abajo firmantes solicitan el tratamiento y aprobación del siguiente proyecto de


RESOLUCION


El Concejo Municipal de Rosario resuelve solicitar al Poder Ejecutivo Nacional la urgente reglamentación de la Ley Nº 26.331 de “Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos”, lo cual permitiría que se realice el ordenamiento territorial en cada provincia para la protección de nuestros bosques.

Comuníquese con sus considerandos.

Antesalas, Setiembre de 2008.-



exp166240-p-08 3-9-08 Muestra Fotografica Ruben (palomo) Lescano

Concejo Municipal de Rosario:

Visto:

La realización, por parte del Museo Castagnino + Macro conjuntamente con la Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Rosario de la cuarta Semana del Arte, entre el 6 y el 12 de octubre del presente año y;

Considerando:

La propuesta que realizara el conocido fotógrafo, camarógrafo y artista plástico rosarino Rubén Lescano, que ha ofrecido para ser expuestas en el ámbito de este Concejo una serie de fotografías de artistas plásticos rosarinos.

Que la tarea de Rubén “Palomo” Lescano, es bien conocida por los rosarinos vinculados tanto en las artes plásticas como a los medios de comunicación; incluso este Concejo, en ocasión de celebrarse el año pasado el Día del Periodista, ha sido el lugar en que se ha proyectado un video de su autoría en homenaje a los trabajadores de prensa de la ciudad.

Que es de importancia poder contar con esta muestra, a los fines de que la actividad de aquellos que habitualmente son conocidos a través de su obra puedan ser reconocidos a través de su rostro.

Teniendo en cuenta lo expresado anteriormente, las concejalas y concejales abajo firmantes solicitan a este Cuerpo la aprobación del siguiente proyecto de

Resolución

1º- El Concejo Municipal resuelve realizar una muestra fotográfica y proyección de video sobre los artistas plásticos rosarinos, de autoría del fotógrafo, camarógrafo y artista plástico Rubén Lescano, coincidentemente con la realización en nuestra ciudad de la Cuarta Semana del Arte, entre el 6 y el 19 de octubre del corriente año.
2º- Facúltase a la Presidencia a disponer las acciones necesarias para la concreción de lo dispuesto en el punto anterior.
3º- De forma.

ANTESALAS, 1º de setiembre de 2008.-