Visto:
La quema de pastizales que se realiza en tierras del Departamento
Victoria de la Provincia de Entre Ríos, y
Considerando:
Que desde el año 2004 aproximadamente se viene produciendo la
quema indiscriminada de pastizales en la zona de islas del alto delta del río
Paraná.
Que la población de Rosario se ve perjudicada directamente por el humo
provocado por los incendios intencionales.
Que esta práctica se realiza con el único objetivo que es la explotación
ganadera en la zona, donde se intensifica el uso de los humedales como
campo de pastoreo para el ganado.
Que en los últimos años hubo un incremento en las cabezas de ganado
que pastorean en la zona de las islas, existiendo en el año 2004
aproximadamente 40.000 cabezas.
Que actualmente se estima que unas 150.000 cabezas de ganado
pastorean en las islas, destruyendo la flora y la fauna, compactan el suelo
provocando una involución que causará muchos daños.
Que además se calcula que hasta el momento se han incendiado
intencionalmente alrededor de 60.000 hectáreas en la zona entrerriana.
Que organizaciones proteccionistas recuerdan que en otras épocas se
realizaba la quema de pastizales durante las épocas de sequías, la cual se
modificó con la expansión del cultivo de la soja, llevando a que la práctica de la
ganadería se trasladara a la zona en que se realiza actualmente.
Que esto hace que se vea incrementado el número de cabezas de
ganado provocando el sobrepastoreo.
Que la Provincia de Entre Rios sancionó en diciembre del 2004 la Ley
9.603 la cual somete a un régimen de arrendamiento a todas las islas
entrerrianas, estableciendo que los predios alquilados deberán destinarse al
desarrollo de actividades ganaderas, avícolas y/o aquellas vinculadas a
proyectos de inversión para la prestación de servicios turísticos, quedando
prohibido el uso para la explotación agrícola intensiva que requiera la
aplicación de agroquímicos o plaguicidas.
Que en enero de este año las autoridades de Medio Ambiente de la
Provincia de Santa Fe y Entre Ríos se reunieron para coordinar tareas en el
marco del Plan Nacional de Manejo del Fuego.
Que también existen antecedentes desde el Concejo Municipal como lo
fuera la aprobación en el año 2004, del Decreto N° 23.472, el cual
encomendaba al Departamento Ejecutivo realice las gestiones pertinentes ante
el Gobierno de la Provincia de Entre Rios y las autoridades municipales de
Victoria a fin de poner término a los incendios que se producían en las islas.
Que posteriormente se aprobó una Resolución de este Cuerpo la cual
establecía la necesidad de que la Comisión de Ecología y Medio Ambiente de
ambas localidades, Rosario y Victoria, se reunan a fin de debatir soluciones a
la problemática, las cuales no llegaron a concretarse después de varios
intentos desde esta ciudad.
Que recientemente se ha aprobado un Decreto el cual encomienda al
Departamento Ejecutivo interponga las acciones judiciales correspondientes
contra la Provincia de Entre Ríos por la quema indiscriminada de pastizales en
el Ato Delta del Paraná.
Que diversas organizaciones ambientalistas como el Taller Ecologista de
Rosario, la organización no gubernamental M'Bigua de Entre Ríos, la
Fundación Proteger, Grenpeace reclaman un cambio legislativo urgente para
terminar con estas prácticas obsoletas irracionales.
Que hoy es fundamental pensar en la conservación de la biodiversidad
biológica y el uso sostenible de los recursos biológicos para poder alcanzar y
mantener la calidad de vida de las generaciones futuras.
Que el sistema de humedales del eje Paraguay – Paraná, desde el gran
Pantanal del Alto Paraguay, incluyendo los del río Paraguay Medio e Inferior, el
valle aluvial del Paraná Medio e Inferior hasta el Río de la Plata, constituye el
corredor de humedales de agua dulce más extenso del planeta. (“Quemar por
Dinero II” – Taller Ecologista)
Que las funciones ecológicas de los humedales como reguladores
fundamentales de los regímenes hidrológicos y como hábitat de una fauna y
una flora característica, los transforma en un recurso de gran valor económico,
cultural, científico y recreativo que hace necesaria la elaboración de políticas
públicas que garanticen su preservación.
Que hoy el incendio intencional que se produce en las islas es la
consecuencia de la excesiva producción ganadera que se da en esa zona,
saturando de manera alarmante el ecosistema.
Que hoy es necesario buscar mecanismos que permitan la protección
del ecosistema.
Que una de estas medidas es la creación de un área protegida en la
zona de los humedales, la cual tenga como eje central la preservación de la
flora y la fauna, donde exista un control y planificación de las actividades que
allí se realizan.
Por todo lo expuesto los concejales y las concejalas abajo firmantes solicitan el
tratamiento y aprobación del siguiente proyecto de
DECLARACIÓN
El Concejo Municipal de la ciudad de Rosario declara la necesidad, que a
través de una Ley Nacional, se establezca Área Natural Protegida a la zona
de las islas del Alto Delta del Río Paraná, a fin de preservar los ecosistemas
naturales.
RESOLUCION
Artículo 1º: El Concejo Municipal, a través de su Presidente, remitirá copia de
la Declaración aprobada a las autoridades provinciales y nacionales, como así
también a Diputados y Senadores Nacionales de la Provincia de Santa Fe.
Artículo 2º: Comuníquese con sus considerandos.
Antesalas, Abril de 2008.
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